La Eurocámara da su aprobación final a la norma para ampliar las advertencias sanitarias en paquetes de tabaco

Cajetillas de cigarros
MICAEL LOFGREN
Actualizado: martes, 7 octubre 2014 2:01

La directiva prohíbe los cigarrillos de sabores, aplaza a 2020 el veto a los mentolados y regula los cigarrillos electrónicos

ESTRASBURGO (FRANCIA), 26 (EUROPA PRESS)

El pleno de la Eurocámara ha aprobado este miércoles de forma definitiva -por 514 votos a favor, 66 en contra y 58 abstenciones- la nueva directiva de productos del tabaco, que obligará a aumentar el tamaño de las advertencias sobre los riesgos de fumar hasta cubrir el 65% de la superficie frontal y posterior de los paquetes de cigarrillos, en lugar del 40% en la actualidad.

Las nuevas advertencias sanitarias, que deberán combinar texto e imágenes, deberán colocarse en la parte de arriba de los paquetes, lo que relega la marca a la parte inferior. El texto final diluye la propuesta original de la Comisión Europea, que pedía ampliar las advertencias sanitarias hasta el 75% de la superficie de las cajetillas. Ahora será ratificado por los Veintiocho el 14 de marzo y los Estados miembros dispondrán de dos años para introducirlo en sus respectivas legislaciones nacionales.

La directiva prohíbe también los cigarrillos con sabores, como fresa o vainilla, aunque éstos sí se permitirán para las pipas de agua. También exige la eliminación de los mentolados, pero autoriza un periodo transitorio total de 6 años, de forma que estos no desaparecerán del mercado hasta 2020. El objetivo es hacer que los productos del tabaco resulten menos atractivos, en particular para los jóvenes.

La directiva no prohíbe los cigarrillos ultrafinos (de menos de 7,5 milímetros de diámetro) como proponía Bruselas, pero sí veta los paquetes con menos de 20 cigarrillos.

REGULACIÓN DE LOS CIGARRILLOS ELECTRÓNICOS

La directiva autoriza que los cigarrillos electrónicos sigan estando disponibles en el mercado y no se vean restringidos a las farmacias. En todo caso, deberán ser regulados ya sea como productos médicos, si se alega que tienen propiedades curativas o preventivas, o como productos de tabaco. En este caso, no deberán contener una concentración de nicotina de más de 20 mg/ml.

Se permiten los cartuchos rellenables, aunque la Comisión podrá prohibirlos si los vetan al menos tres Estados miembros. Un cartucho deberá contener el equivalente en nicotina a un paquete de cigarrillos. Los cigarrillos electrónicos tendrán que ser a prueba de niños, deberán llevar advertencias sanitarias y estarán sometidos a las mismas restricciones en materia de publicidad que el resto de productos del tabaco.

Los Estados miembros podrán prohibir la venta a distancia transfronteriza a través de Internet de productos de tabaco. En aquellos países donde no esté prohibida, los vendedores deberán seguir reglas de notificación más estrictas y utilizar un sistema de verificación de edad.

Fumar continúa siendo la principal causa de muerte evitable en la UE, con 700.000 muertes cada año. En la pasada década el número de fumadores se redujo desde casi el 40% en la UE-15 en 2002 al 28% en la UE-27 en 2012. El 70 por ciento de los fumadores comienzan antes de los 18 años. En España, más de 50.000 personas fallecen cada año a causa del tabaquismo (en torno al 30% por cáncer de pulmón). El tratamiento de enfermedades relacionadas con el consumo del tabaco cuesta cerca de 15.000 millones de euros anuales a la sanidad española.

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