La Sociedad Española de Nutrición se une a SEMED y propone que las bebidas enérgeticas se llamen bebidas estimulantes

Archivo - Un joven mira la sección de bebidas energéticas en el supermercado.
Archivo - Un joven mira la sección de bebidas energéticas en el supermercado. - SOLSTOCK - Archivo
Publicado: lunes, 27 noviembre 2023 17:25

MADRID, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sociedad Española de Nutrición (SEÑ) se ha unido a la Sociedad Española de Medicina del Deporte (SEMED) y se ha mostrado de acuerdo en pasar a llamar bebidas estimulantes a las bebidas que tengan un contenido superior a 15 mg de cafeína añadida por 100 mililitros, tal y como proponen desde SEMED.

De esta manera, la SEÑ se ha unido al comunicado de la SEMED, publicado el pasado 9 de noviembre, y ha advertido sobre "los efectos negativos que las mal llamadas bebidas energéticas pueden ocasionar, especialmente en los menores de edad".

En este sentido, la SEÑ ha recalcado que la ingesta de cafeína está totalmente contraindicada en niños menores de 12 años y desaconsejada en adolescentes. Además, ha recordado que la Academia Americana de Psiquiatría Infantil y Juvenil aconseja un máximo de 100 mg de cafeína al día entre los 12 y 18 años, cantidad inferior a los 400 mg/día recomendados por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) para adultos, aunque de forma genérica recomienda no superar 3 mg/kg de peso/ persona/día.

Esta ingesta, máxima diaria, estaría además repartida a lo largo del día, mientras que en el caso de una bebida energética de 500 ml, supondría una ingesta de, aproximadamente, 150 mg en un corto espacio de tiempo, 10-20 minutos, con el consiguiente efecto directo sobre la actividad fisiológica, tanto física como cognitiva y de dependencia a la cafeína, explican desde la sociedad.

Para la SEÑ, el consumo de cafeína en la adolescencia se ha relacionado en estudios científicos con mayor impulsividad y menor rendimiento de la memoria operativa, así como con un mayor riesgo de comportamientos adictivos en el futuro. En una reciente revisión sistemática liderada por la Universidad de Oviedo, concluyen que el consumo de bebidas energéticas es especialmente alto entre los adolescentes. En cualquier caso, el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor establece en 15 mg/100 ml la cantidad de cafeína a partir de la cual se debe incluir en el etiquetado, 'Contenido elevado de cafeína: No recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en período de lactancia'.

Por lo que, desde la SEÑ, consideran que, a falta de nuevos reglamentos o estudios científicos, se establezca este límite en las regulaciones que desde las comunidades autónomas se están proponiendo para España. Además, proponen campañas educativas, especialmente dirigidas a la población infanto-juvenil y a sus padres o tutores. Asimismo, la SEÑ cree pertinente que se modifique la leyenda para el etiquetado de los alimentos y bebidas con alto contenido en cafeína (adición >15 mg/100 ml) cambiando lo referido a niños por menores de edad, quedando: 'Contenido elevado de cafeína: No recomendado para menores de edad ni mujeres embarazadas o en período de lactancia'.

Igualmente, para la sociedad, los envases o presentaciones se deberían limitar a un volumen de 250 ml o 330 ml, eliminando los de 500 ml. Y no debería autorizarse el consumo en actividades deportivas ni en centros escolares de Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato, así como en el entorno de los mismos.