Fecha de caducidad de los alimentos, esto es lo que debes saber

SUPERMERCADO, CADUCIDAD
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Actualizado: martes, 8 agosto 2017 8:22

   MADRID, 8 Ago. (EDIZIONES) -

   La fecha de caducidad se fija hasta el momento en el que un alimento se puede consumir de forma segura, siempre que se sigan las indicaciones del fabricante en cuanto a duración y uso. Mientras, la etiqueta de 'consumir preferentemente' se establece en un alimento hasta el límite en el que se conserva su calidad. Se puede consumir después pero puede perder características como sabor olor o textura, según explica la Agencia Española de Consumo, Seguridad alimentaria y Nutrición (AECOSAN).

   En concreto, la fecha de caducidad se indica en productos muy perecederos y con riesgo microbiológico como: carnes y pescados crudos y frescos, que duran pocos días y donde puede haber bacterias patógenas. Una vez pasada la fecha de caducidad, el producto no debe consumirse, ya que hay riesgos de que se encuentre en mal estado, estropeado y puede incluso ser peligroso por la presencia de bacterias patógenas, según avisa la OCU.

La fecha de consumo preferente se aplica a productos bastante más duraderos y que son estables. Una vez pasada esta fecha pueden haber perdido parte de sus propiedades, como presentar un sabor algo rancio, tener menos aroma o que éste sea extraño, cambiar de textura, de color, por ejemplo, pero no hay riesgo microbiológico.

   No se pueden consumir productos que han superado su fecha de caducidad. Lo que se puede hacer si vemos que llega la fecha de caducidad y no los vamos a comer es congelarlos. Podemos hacerlo con carnes, pescados, incluso con el salmón ahumado, o el jamón cocido. Eso sí, al descongelar estos productos se deben consumir en menos de 24 horas.

QUÉ SE PUEDE CONSUMIR

   Los productos que se pueden consumir aunque se haya superado la fecha de caducidad son: yogures, "no pasa nada, puede aumentar su acidez, pero no es peligroso porque se trata de leche pasteurizada"; las galletas y bollos que hayan superado la fecha de consumo preferente aunque estén más secos; los aperitivos salados; pastas secas; productos ultramarinos; embutidos al vacío o en atmósferas modificadas, salvo algunos casos, como en el del pavo o el jamón cocido por contener agua; las bebidas refrescantes y las alcohólicas.

   "No pasa nada si se supera la caducidad en unos días o un mes, siempre que se prueben y tengan buen sabor", subraya la OCU. Eso sí, en el caso de los platos preparados precocinados, si no se van a consumir y se acerca su fecha de caducidad también admiten congelación. Es el caso de lasañas o pizzas, pero no los que contienen verduras, ya que se estropea mucho su textura. Una vez descongelados, estos productos deben ser de consumo inmediato.

CÓMO SE FIJA LA FECHA DE CADUCIDAD

   La fecha de caducidad de un producto se fija a partir de la degradación del mismo. Entonces, ¿cómo se produce la degradación de los productos? Manuela Liberi, química de la empresa de equipamiento clínico Bruker Corporation, explica en una entrevista con Infosalus que la degradación de la comida se debe principalmente a razones biológicas y físicas. En concreto, las biológicas responden a microorganismos y enzimas, mientras que las químicas a la presencia de oxígeno, calor, radiación, agua e impurezas.

   No obstante, subraya que hoy en día las reglas sobre la higiene alimentaria son "tan estrictas" que la vida de un producto suele reducirse por la única acción de la oxidación. Por eso, afirma, la industria alimentaria trabaja a contrarreloj sobre cómo combatir estos mecanismos de oxidación.

   En cuanto a cómo se fija la fecha de caducidad de un producto, Liberi indica que hay varios test para ello. "En todos ellos se tiene muy en cuenta la vida de un alimento. Ésta viene determinada por el balance de factores pro-oxidantes, como el calor, las impurezas metales, el oxígeno, y las propiedades antioxidantes endógenas del producto, como las vitaminas, que pueden ayudar a añadir aditivos antioxidantes durante la producción. Así, cuantos más antioxidantes halla en el producto, más larga será su 'vida'", agrega.

   En este sentido, desde la Fundación Alimentum precisan que la fecha de duración mínima de un producto es "aquella hasta la cual el producto alimenticio mantiene sus propiedades específicas en condiciones de conservación apropiadas".

   Según recuerdan, la legislación no determina la caducidad para cada tipo de producto, si no que han de hacerlo los fabricantes mismos. Aquí especifican que la fecha de consumo preferente o de caducidad depende básicamente del producto (producto refrigerado, congelado, por ejemplo) y del tratamiento del mismo (pasteurización, esterilización, ultracongelación, o deshidratación, entre otros procesos).

   Además, subrayan que en España para poder determinar la vida útil de los productos se emplea el Reglamento 2073/200578 sobre criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. Asimismo, en la legislación española se fijan en el decreto 1334/1999 (artículo 11) los criterios a cumplir para marcar las fechas de caducidad o consumo preferente de los alimentos.