VALÈNCIA, 9 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Valencia (ICOMV) ha recordado, una vez más, que sólo los profesionales que cuentan con la titulación de Medicina y están debidamente colegiados pueden ejercer la medicina estética.
En concreto, respecto a la infiltración de ácido hialurónico con fines estéticos, los médicos --y los dentistas para tratamientos en el área de la boca y maxilares-- son los únicos profesionales sanitarios facultados legalmente para llevarla a cabo.
Así lo indican las sentencias del Tribunal Supremo (TS) que han delimitado el ámbito concreto de actuación de médicos y enfermeros, y declaran que corresponde a un facultativo la realización de tratamientos no quirúrgicos y quirúrgicos con finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar en las unidades asistenciales de medicina estética y de cirugía estética. Y entre ellos se incluyen las infiltraciones de ácido hialurónico.
En concreto, las sentencias son: SSTS, Sala Tercera, Sección 4ª, 653/2021, de 10 de mayo; Sección 3ª, 1558/2021, de 21 de diciembre; y Sección 3ª, 1222/2021, de 11 de octubre. Recientemente, una nueva sentencia, en este caso de la Audiencia Provincial de Cantabria, expone claramente las competencias y habilitación profesional para la administración del ácido hialurónico con fines estéticos, además de delimitar las condiciones para cometer el delito de intrusismo.
Por ello, los médicos son los únicos profesionales sanitarios facultados para la realización de procedimientos médicos estéticos indicados, que deben llevarse a cabo en centros autorizados por la Administración Sanitaria para su funcionamiento e inscritos en el Registro Público de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Conselleria de Sanitat.
CONDENAS RECIENTES
El ICOMV, a través de su Comisión de Intrusismo y Defensa de la Salud, ha obtenido dos condenas por intrusismo relacionadas con el ácido hialurónico. En concreto, una condena de seis meses de prisión para una persona que inyectaba ácido hialurónico sin tener preparación, titulación ni colegiación. Y otra condena de ocho meses de multa por un delito de intrusismo a una persona que fue sorprendida 'in situ' por la Inspección Sanitaria Valenciana realizando una infiltración de ácido hialurónico en los labios de una paciente.