MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
La futura sede de la Agencia Estatal de Salud Pública debe contar con aproximadamente 4.000 metros cuadrados de espacio adaptado a los trabajadores, pero además se valorará muy positivamente que el inmueble esté plenamente disponible para ocupación inmediata; la cercanía a aeropuertos internacionales con destinos prioritarios a Estocolmo, Ginebra, Bruselas, Copenhague, Helsinki y Estambul, y un mercado inmobiliario competitivo en compra o alquiler para los empleados que se trasladen.
El plazo para presentación de candidaturas será de un mes desde la publicación en el BOE, es decir hasta el próximo 17 de enero, en el portal web del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática que habilitará una sede electrónica para la presentación telemática de candidaturas, según se desprende del informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede publicado este miércoles en el BOE, junto al procedimiento para la determinación de la sede.
La Agencia requerirá en su primer año de funcionamiento aproximadamente sesenta empleados públicos, entre funcionarios, laborales y puestos de alta dirección, aunque tiene previsto un horizonte de 300 empleados, cuya provisión será paulatina y dependiente de las disponibilidades presupuestarias y de la plantilla que se apruebe en su contrato plurianual de gestión.
El espacio que se convierta en la sede debe incluir puestos de trabajo individuales y varias salas de reuniones y videoconferencias con capacidad para entre 10 y 60 personas, además de aparcamiento y espacios comunes y multifuncionales para las unidades, áreas de recepción y espera, zonas de servidores, archivo y almacén, y un salón de actos con capacidad superior a 300 personas. También son obligatorios espacios para ruedas de prensa y formación. Además, la sede debe contar con aparcamiento y acceso directo a transporte público.
UNA BUENA RED DE ACCESO A MEDIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO
Sobre la localidad y su conectividad, el documento valora positivamente que cuente con una red de acceso a medios de transporte público (aéreo, ferroviario y por carretera). Pero hay un criterio específico muy importante: la cercanía a aeropuertos internacionales con destinos prioritarios a Estocolmo, Ginebra, Bruselas, Copenhague, Helsinki y Estambul. Estas ciudades albergan las principales contrapartes europeas y globales de la Agencia (OMS, ECDC, Comisión Europea, etc), donde además España ejercerá su representación.
"La Agencia deberá establecer relaciones fluidas e intensas con centros equivalentes de otras regiones, como el Centro de Control de Enfermedades de África, el de los EEUU, los de China y la India y participará en las reuniones técnicas asociadas tanto a las presidencias de turno de la UE, del G20 y de la OMS que puedan desarrollarse en otras ciudades", señala el BOE.
Se valora también que haya servicios hoteleros y de hostelería cercanos para alojamiento de visitas institucionales, un mercado inmobiliario competitivo en compra o alquiler para los empleados que se trasladen, y un sector empresarial, educativo y universitario dinámico ya sea en la propia localidad o a máximo una hora de distancia.
La documentación complementaria también suma puntos. Se valora muy positivamente que la candidatura incluya un análisis proyectivo del impacto económico, social e industrial que tendría la selección de esa localidad, así como las sinergias que se generarían con ecosistemas de emprendimiento, innovación e investigación.
También importante es un análisis del mercado inmobiliario de alquiler y compra de vivienda en un radio de 20 kilómetros o un tiempo máximo de 40 minutos en transporte público desde la sede, que permita efectivamente la movilidad de los empleados. Finalmente, se valora de manera destacada que la candidatura venga acompañada de un informe del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente apoyando la idoneidad de la propuesta.
APOYO AL PERSONAL TRASLADADO
Los programas de apoyo al personal trasladado son un factor de diferenciación importante. Se valora positivamente la oferta de ayudas para alquiler o compra de vivienda, ayudas para búsqueda de empleo o recolocación laboral de familiares directos, ayudas para continuación de estudios obligatorios o universitarios de familiares, y ayudas para desplazamiento desde la vivienda a la sede. Cualquier otra medida que facilite e incentive la movilidad del personal también cuenta positivamente.
Las medidas de sostenibilidad también se valoran. El BOE reconoce positivamente las medidas de eficiencia energética de las instalaciones, así como medidas de movilidad sostenible como acceso a transporte público, aparcamientos para bicicletas, puntos de recarga eléctrica, y cualquier otra medida de apoyo financiero o logístico en transporte, vivienda y servicios públicos.
CRITERIOS OBLIGATORIOS DE SEGURIDAD DEL RECINTO
La norma establece también como requesito obligatorio que las instalaciones de la futura sede disponga de medidas de seguridad física, del personal y de la información. Señala que deben tener capacidad para prevenir el acceso no autorizado a las instalaciones y al material, así como a la información sensible, que debe estar debidamente resguardada y con un registro que controle el acceso.?
Añade que deben existir elementos de seguridad interna y la posibilidad de definir Zonas de Acceso Restringido (ZAR) I y II conforme a las características marcadas en el marco de la Seguridad Nacional, de la UE y de la OTAN. Además, el edificio debe poder albergar personal de seguridad debidamente entrenado y dotado de medios técnicos que garanticen la seguridad permanente del personal, las instalaciones y la información.
PROTEGER A LA POBLACIÓN FRENTE A RIESGOS Y AMENAZAS SANITARIAS
El BOE señala que "se considera imperativo que la Agencia Estatal de Salud Pública comience a funcionar a la mayor brevedad posible". La Agencia fue creada mediante la Ley 7/2025, de 28 de julio, dándole naturaleza jurídica de agencia estatal.
Esta Ley ha impuesto el plazo seis meses para que el Gobierno apruebe el Estatuto de la Agencia y debido al interés para la salud pública, el texto afirma que "es necesario que la sede quede fijada lo antes posible, con objeto de contribuir lo antes posible al reforzamiento de las capacidades del Estado para hacer frente a futuras emergencias sanitarias".
El objetivo de la Agencia es reforzar las capacidades del Estado para mejorar la salud de la población, la equidad en salud y el bienestar, y proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias. Sus fines generales se organizan en tres núcleos: vigilancia en salud pública; evaluación y comunicación de riesgos; y planificación de la preparación y respuesta ante crisis y emergencias sanitarias.
Además, se le encarga dar soporte a las Administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias de salud pública mediante coordinación, asesoramiento técnico-científico, evaluación de resultados en salud de las políticas, participación en intervenciones de salud pública, impulso de la capacitación, investigación e innovación, y refuerzo de la cooperación entre todos los actores que trabajan en salud pública.
La creación de este organismo ya estaba prevista en la Ley General de Salud Pública de 2011, pero con un papel más limitado de asesoramiento técnico. La pandemia de COVID-19 se describe como una "prueba de estrés sin precedentes" que evidenció debilidades de los sistemas nacionales y la necesidad de instituciones con financiación estable, alta capacidad técnica y científica, y funciones claras en vigilancia, preparación, evaluación, comunicación del riesgo y coordinación nacional e internacional.