¿Qué puedo hacer en mi puesto de trabajo para minimizar el contagio del coronavirus?

JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo
Actualizado: martes, 10 marzo 2020 19:14

MADRID, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Sanidad ha actualizado su documento de 'Recomendaciones a lugares de trabajo en relación al Covid-19', en el que recomienda la adopción de medidas de higiene y prevención con estrategias similares a las que se aconsejan para la prevención de infecciones respiratorias frecuentes como la gripe.

Además, apunta que se deben establecer planes de continuidad de la actividad ante un aumento de las bajas laborales del personal o en un escenario de incremento del riesgo de transmisión en el lugar de trabajo, que incluyan posibilidades de redistribución de tareas y/o teletrabajo si fuera necesario.

Así, recuerda que los trabajadores con sintomatología respiratoria deben disminuir su contacto con otros trabajadores, "recurriendo al teletrabajo si fuera posible" y el resto debe extremar las medidas de higiene de manos, "asegurando la disponibilidad de agua, jabón y toallas de papel desechables en todos los lugares de trabajo y, donde no sea posible, utilizar soluciones hidroalcohólicasmediante dispensadores.

En esta misma línea, recuerda la necesidad de que se fomente la higiene respiratoria de los trabajadores, motivándoles mediante información a cubrirse la boca con la parte interior del codo, el antebrazo o un pañuelo desechable al toser y estornudar.

También destaca que es importante asegurar una correcta limpieza de las superficies y de los espacios, tratando de que se realice limpieza diaria de todas las superficies, haciendo hincapié en aquellas de contacto frecuente como pomos de puertas, barandillas, botones etc. Los detergentes habituales son suficientes, asegura.

CASOS SOSPECHOSOS

Ante casos sospechosos de infección (si presenta fiebre, tos o sensación de falta de aire), el trabajador
deberá minimizar su contacto con el resto de personas e ir a una habitación donde permanezca sola, si es posible. Si no es posible, se deberán respetar una distancia de mínimo de 2 metros con el resto de trabajadores, idealmente interponiendo barreras físicas como mamparas. Si se tiene disponibilidad de mascarillas, la persona se colocará una mascarilla, y llamar al 112 o al número de teléfono que la comunidad autónoma hay dispuesto para el manejo de COVID-19.

No obstante, advierten de que "la actividad laboral debe continuar con total normalidad". Las autoridades de salud pública informarán de los resultados de las pruebas realizadas. En caso de que sea confirmado como infectado, se deben identificar los contactos del caso.

En esa situación, se tendrá que hacer una limpieza minuciosa de la zona o zonas en las que ha permanecido la persona sospechosa de tener Covid-19, haciendo especial hincapié en las superficies y zonas de contacto frecuente con las manos.

En el medio laboral (no sanitario) se consideran contactos estrechos aquellas personas que hayan estado en el mismo lugar y a una distancia menor de 2 metros que un caso confirmado mientras éste presentaba síntomas, y se considerarán contactos casuales a las personas que hayan estado en el mismo espacio cerrado con un caso mientras era sintomático, pero que no cumplan los criterios para ser considerado contacto estrecho. "Por norma general no existe restricción de las actividades laborales ni para los contactos estrechos ni para los contactos casuales", apuntan.

Los contactos estrechos deberán ser informados y se iniciará una vigilancia activa, siguiendo los protocolos establecidos en cada CCAA. Estas personas deben estar localizables a lo largo del periodo de seguimiento. De forma general, es recomendable que limiten las actividades sociales y los viajes no esenciales y deberán mantener las precauciones de higiene respiratoria y lavado de manos.

En este sentido, apunta que la decisión de minimizar los posibles contactos con otras personas mediante el teletrabajo o, incluso de cesar las actividades laborales, se debe tomar caso a caso siguiendo una valoración individualizada del riesgo por parte de los servicios de riesgos laborales de la empresa y basándose en los protocolos y procedimientos de salud pública.

No obstante, "no se realizará una búsqueda activa de las personas consideradas contactos casuales. Si se identificaran personas que puedan encontrarse en este grupo, se les recomendará una vigilancia pasiva (estarán atentos a la aparición de síntomas respiratorios y si es el caso, informarán a salud pública de la forma que se haya establecido en cada CCAA) --añade el protocolo--. Podrán llevar una vida normal, en familia, con amigos y, en general, en el ámbito laboral".

Asimismo, no se recomienda la realización de test diagnósticos de COVID-19 de forma rutinaria de los contactos. Si durante los 14 días posteriores a la exposición desarrollara síntomas, deberá hacer autoaislamiento inmediato domiciliario y contactar de forma urgente con el 112, así como dar aviso al servicio de riesgos laborales de la empresa o lugar de trabajo si lo hubiera.

ENSERES Y EFECTOS PERSONALES

Por lo que se refiere a los enseres y efectos de las personas con Covid-19 no se requiere un tratamiento especial. Incluso en los centros de trabajo con una zona de cocina o cantina, tampoco es necesario tomar precauciones de desinfección, únicamente que las cosas sean lavadas con agua caliente y detergentes habituales o mediante lavado en el lavavajillas con un ciclo completo con agua caliente.

Los uniformes de trabajo o similares, serán embolsados y cerrados, y se trasladarán hasta el punto donde se haga su lavado habitual, recomendándose que no sea sacudida y sea lavada con un ciclo completo a una temperatura de entre 60 y 90 grados.