MADRID 14 Mar. (EUROPA PRESS) -
Los ministros de Defensa, Interior, Transportes y Sanidad tendrán competencias para actuar y dictar órdenes en todo el país frente a la pandemia de coronavirus bajo la dirección del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante el tiempo que se prolongue el estado de alarma, en principio durante los próximos 15 días, prorrogables si así lo autoriza el Congreso de los Diputados.
Así figura en un borrador del real decreto que se disponía a aprobar este sábado el Consejo de Ministros en una reunión extraordinaria y al que ha tenido acceso Europa Press. El documento establece que mientras dure el estado de alarma la Autoridad Competente será el Gobierno de España.
Para aplicar las medidas contenidas en el real decreto se nombra como autoridades delegadas, bajo la dirección del jefe del Ejecutivo, a los ministros de Defensa, Margarita Robles; Interior, Fernando Grande-Marlaska; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, y Sanidad, Salvador Illa.
En aquellas áreas de responsabilidad que no recaigan en la competencia de alguno de los titulares anteriores, la autoridad competente delegada será el ministro de Sanidad. Estos cuatro miembros del Gobierno quedan habilitados para dictar los acuerdos, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que sean necesarios para garantizar los correspondientes servicios en aras a proteger personas, bienes y lugares.
REQUISAS Y PRESTACIÓN OBLIGATORIA DE SERVICIOS
Esto incluye que puedan ordenar requisas temporales de todo tipo de bienes necesarios para el cumplimiento de los fines previstos en este real decreto, en particular para la prestación de los servicios de seguridad o de los operadores críticos y esenciales.
En los mismos términos, añade el decreto, "podrá imponerse la realización de prestaciones personales imprescindibles para la consecución de los fines perseguidos" con la declaración del estado de alarma.
Ahora bien, cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la Autoridad Competente, se precisa en el decreto.