Una ordenanza ómnibus suprime la homologación del mobiliario de las terrazas, lo que facilitará su instalación

Actualizado: jueves, 20 enero 2011 16:03

Adaptación de la normativa municipal a Europa con consecuencias sobre los efectos de la Ley Antitabaco

MADRID, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -

Una nueva ordenanza ómnibus, como la ha definido el vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, trasladará al ámbito municipal las estipulaciones del Parlamento Europeo y del Consejo relativas a los servicios en el mercado interior y permitirá, entre otras cuestiones, suprimir la homologación del mobiliario de las terrazas, lo que facilitará su expansión por la ciudad tras la entrada en vigor de la Ley Antitabaco.

La Junta de Gobierno ha aprobado este jueves el proyecto de ordenanza, que ahora se somete a un periodo de información pública de 30 días naturales. La medida se adopta una vez que el Estado y la Comunidad de Madrid han incluido previamente las previsiones de la Directiva europea 2006/123/CE. Apuesta por la simplificación administrativa y por la eliminación de requisitos innecesarios.

El nuevo texto normativo supondrá la modificación de veinte ordenanzas, cuatro ordenanzas fiscales, siete reglamentos y dos normas municipales de otra naturaleza. La eliminación de requisitos innecesarios y la simplificación de los procedimientos administrativos son el objetivo de una norma de la que se beneficiarán sectores productivos como la hostelería o el comercio, como ha explicado el vicealcalde en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

Así, se suprime el procedimiento específico de homologación para el mobiliario de las terrazas de veladores y de los quioscos de hostelería y se habilita a los hoteles para instalar terrazas de veladores en suelo municipal con determinados requisitos. Y todo ello semanas después de que haya entrado en vigor la Ley Antitabaco.

"Con estas medidas de flexibilización vamos a ser favorables a cambiar la imagen urbana de la ciudad", ha explicado Cobo, después de resaltar que la Ley Antitabaco lleva a los establecimiento a apostar por terrazas que no eran habituales en Madrid en los meses de invierno aunque sí en otras ciudades europeas.

La nueva ordenanza eliminará también la autorización del órgano medioambiental para el vaciado de instalaciones hidráulicas ornamentales y el régimen de autorización para la prestación de los servicios públicos funerarios.

Además, se introducen los supuestos de declaración responsable y comunicación previa en algunas actuaciones de publicidad exterior realizadas en suelo de titularidad y uso privado; el uso de la comunicación previa para la cesión de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante y se sustituye la autorización municipal por la comunicación previa para acudir como compradores a los mercados mayoristas o ser usuarios de los mercados centrales de Pescados y Frutas y Verduras, salvo para tener la condición de abastecedor o de prestador de servicios complementarios.

NO SE PEDIRÁ EL CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO

La nueva ordenanza busca la reducción de cargas administrativas en las tramitaciones con el Ayuntamiento ya que sólo podrán exigirse documentos o datos que sean estrictamente necesarios para resolver cada procedimiento concreto y que la Administración no pueda obtener por sus propios medios.

No se exigirá, por ejemplo, el certificado o volante de empadronamiento como documento acreditativo del domicilio y residencia a quien esté empadronado en el municipio de Madrid y tenga la condición de interesado en los procedimientos cuya tramitación y resolución corresponda al Ayuntamiento o a los organismos públicos vinculados a él.

Todos los procedimientos administrativos y trámites municipales deberán ser simplificados. Por eso, "de forma paralela a la modificación de la normativa, se está llevando a cabo la revisión de la totalidad de dichos procedimientos, con el objetivo de establecer medidas adicionales para su simplificación", ha expuesto Cobo.

Asimismo, se suprimen algunos requisitos establecidos en las ordenanzas, como la restricción territorial de distancia mínima entre prestadores, en la Ordenanza reguladora de la Distribución Gratuita de Prensa en la Vía Pública; la obligación de tener el establecimiento en el territorio de la autoridad competente, en la Ordenanza relativa a la prestación de los Servicios Públicos Funerarios ola intervención directa o indirecta de competidores en la concesión de autorizaciones.

También se suprime la existencia de una necesidad económica, demanda en el mercado o evaluación de los efectos económicos, en la Ordenanza de Centros Comerciales de Barrio y en la Ordenanza reguladora de la Venta Ambulante; la supresión del visado colegial en determinados casos o la exigencia de estar inscrito en un registro para llevar a cabo la fabricación de las placas de pasos de vehículos, que se podrá realizar sin necesidad de autorización municipal, en la Ordenanza reguladora de los Pasos de Vehículos.

El Ayuntamiento había aprobado ya la Ordenanza de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades, inspirada en los principios de esta Directiva de Servicios. Dichos principios se incorporarán a otros textos recientemente aprobados, como la Ordenanza de Mercados Municipales, en proceso de revisión o de elaboración. Cobo ha concluido señalando que la ordenanza ómbibus podría aprobarse en el Pleno de marzo o abril.