SEVILLA 12 May. (EUROPA PRESS) -
Los farmacéuticos andaluces pueden alegar motivos de conciencia a la hora de no dispensar, a título personal, la píldora del día después, según una sentencia dictada en 2007 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Este fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, obliga con todo a los titulares de las farmacias a disponer en su almacén de la píldora postcoital, al tiempo que asegura en última instancia el derecho del usuario a disponer de este método anticonceptivo, ya que hace prevelacer esta garantía por encima de las condiciones religiosas o morales que pueda tener un boticario.
Así, y en el caso de que un farmacéutico titular se niegue a dispensar la píldora al exponer motivos éticos, morales o religiosos, este profesional tiene la obligación de que en su establecimiento otro compañero del ramo la dispense.
En concreto, la resolución del TSJA sostiene en sus fundamentos de derecho que dicha excepción personal del farmacéutico, "derivada de un juicio de carácter ético o moral, no legitima para la impugnación de una norma de carácter general --la Orden de la Consejería de Salud de 1 de junio de 2001--, ya que el objetor de conciencia no puede hacer prevalecer o imponer a otros sus condiciones religiosas o morales, para justificar la nulidad de una norma general".
Con todo, la misma sentencia le reconoce al farmacéutico que el artículo 28 del Código de Ética Farmacéutica establece que la responsabilidad y libertad personal del farmacéutico "le faculta para ejercer su derecho de objeción de conciencia", aunque "respetando la libertad y el derecho a la vida y la salud del paciente".
Además, sostiene que el artículo 33 del mismo Código Ético compromete a la Organización Colegial "a la defensa de quienes hayan decidido declararse objetores".
Pese a ello, la resolución del TSJA no invalidaba la Orden que la Consejería de Salud publicó en junio de 2001, y por la que se regulan las existencia mínimas de medicamentos y productos sanitarios en las oficinas de farmacia y almacenes farmacéuticos, entre los que se incluyen los progestágenos --píldora del día después-- y los preservativos.
De esta forma, la sentencia obliga a que las farmacias dispongan obligatoriamente de estos fármacos, si bien deja la puerta abierta a que cualquier farmacéutico, a título personal, no la dispense alegando "motivos de conciencia".