MÉRIDA 26 Ene. (EUROPA PRESS) -
La nueva Ley de Salud Pública de Extremadura tendrá presente todos los aspectos de la promoción y protección de la salud, además de la vigilancia, la planificación y la prevención de la enfermedad.
La consejera de Sanidad y Dependencia, María Jesús Mejuto, en la presentación de este proyecto de ley, ha indicado que, una vez consolidado el sistema de prestación sanitaria, era el "momento" de abordar estas cuestiones "de forma firme y decisiva".
Entre las principales características del proyecto de Ley de Salud Pública, aprobado por el Consejo de Gobierno el pasado viernes y que ha sido remitido a la Asamblea para su tramitación, está el abordaje de forma global la acción de proteger y promover tanto la acción de proteger y promover la salud como la de prevenir la enfermedad y la adecuación de la organización al modelo del Sistema Nacional de Salud y al propio marco normativo de la Ley de Salud de Extremadura.
Además de establecer sistemas de información para identificar los problemas de salud; definir la cartera de servicios en salud pública; desarrollar las competencias de las distintas administraciones implicadas; determinar la respuesta ante posibles crisis; y garantizar la protección de la salud dando respuesta a situaciones excepcionales.
La consejera de Sanidad y Dependencia, que estuvo acompañada por el director gerente del SES, Ceciliano Franco; y por el director general de Salud Pública, ha señalado que la norma establecerá la "hoja de ruta" a seguir en materia de salud pública en los próximos años, lo que permitirá una gestión "más eficaz, eficiente y coordenada" de los recursos.
También ha apuntado que, dentro de las competencias de la consejería, se encuentra impulsar y coordinar la colaboración con el Estado y con otras comunidades autónomas, al igual que con países de la UE, con especial mención a Portugal a través de la cooperación tranasfronteriza.
"TRES GRANDES BLOQUES"
El proyecto de Ley de Salud Pública se divide en "tres grandes bloques" que son vigilancia en salud pública; protección de la salud; y participación comunitaria en salud, aspecto este último en el que destaca el Consejo Regional de Pacientes de Extremadura, un órgano colegiado de carácter consultivo cuya finalidad será promover la participación de los pacientes en el sistema sanitario público de Extremadura.
En cuanto a la vigilancia en salud pública, se contará con un sistema de información integral que dé respuesta a todas las necesidad de información para una correcta intervención; además de la organización de un sistema de respuesta a las alertas y emergencias en salud pública.
El capítulo de protección de la salud se distingue la salud alimentaria y la salud ambiental. En materia de salud ambiental se señala la doble responsabilidad que tienen los operadores de empresas sobre la seguridad de los alimentos y de la obligación de colaborar con la administración sanitaria.
Como instrumentos para aumentar la protección de los consumidores se establece el Plan Marco de Salud Alimentaria y la Oficina Extremeña de Seguridad Alimentaria.
En materia de salud ambiental se prevé una doble estrategia de optimización de recursos y de conocimiento entre los distintos departamentos de la Junta con actividades en este campo aumentando la eficacia en la gestión a través de la planificación y la coordinación. Para ello se establece el Plan Marco de Salud Ambiental, la Comisión de Salud Ambiental de Extremadura, y la seguridad del paciente
Respecto a la participación comunitaria en salud, la ley posibilitará y fomentará la participación ciudadana para conseguir una mayor responsabilidad para el desarrollo de su salud. Así se dotará a la comunidad de las habilidades necesarias para identificar y formular sus propias necesidades.
En este tercer bloque, destaca la creación del Consejo Regional de Pacientes de Extremadura que tendrá como objetivo promover la coordinación, articulación, planificación, gestión y evaluación de las actividades relacionadas con la participación en las instituciones de pacientes y familiares de afectados en el Sistema Sanitario Público de Extremadura.
De la misma manera, la futura ley contempla otros órganos de participación ciudadana promotores de salud como son los agentes de salud comunitarios; organizaciones ciudadanas de voluntarios; y Consejos Municipales de Salud.
Esta norma también desarrollará la Cartera de Servicios de Salud Pública y los laboratorios de salud pública; además de la intervención administrativa en salud pública; y el régimen sancionador en materia de infracciones.
PRINCIPIOS RECTORES
Entre los principios rectores de la norma, María Jesús Mejuto, ha enumerado ha resaltado la garantía por los poderes públicos de las prestaciones en salud pública como un derecho individual y colectivo; y la concepción integral, integrada e intersectorial de la salud pública.
Además de la racionalización, eficiencia y efectividad en la organización, el fomento y la mejora de la calidad de las actuaciones, prestaciones y servicios en salud pública y la integración funcional de recursos y actividades, prestaciones y servicios en aras sanitarias de la mejora de la salud y calidad de los usuarios del SSPE.
Junto a la equidad, la atención a la diversidad y superación de las desigualdades territoriales, sociales, culturales y de género en salud pública; la participación comunitaria en salud pública; la descentralización de la gestión de la salud pública; la coordinación y cooperación interdeparmentales en la ejecución de las actuaciones, las prestaciones y los servicios; además del fomento de la formación de los profesionales sanitarios y de la investigación en la salud pública.