La paciente no fue informada de los riesgos del aumento de mamas y tuvo que ser intervenida dos veces por la rotura de una prótesis
VIGO, 4 Jun. (EUROPA PRESS) -
Un cirujano plástico de Vigo ha sido condenado a indemnizar con un total de 10.314 euros a una mujer de 33 años por los "daños y perjuicios" causados por una mastroplastia de aumento "por fracaso del acto médico y por no haber informado adecuadamente de todas las circunstancias relevantes relativas a dicha intervención".
Según informó hoy la Asociación del Defensor del Paciente, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado al cirujano plástico y estético de Vigo A.L.P. a abonar esa cantidad a P.G.G., de 33 años y vecina de la ciudad olívica, así como los intereses desde la fecha de la demanda --año 2006--.
La sentencia recoge los argumentos del abogado de la asociación, Cipriano Castreje, al señalar que, "en medicina satisfactiva, como el aumento volumen de los senos, la información debe ser, objetiva, veraz, completa y asequible, y comprende las posibilidades de fracaso de la intervención".
Así, el fallo judicial señala que, de las dos prótesis colocadas en el año de 1999, en 2004 "se produjo la rotura de la prótesis mamaria izquierda, lo que hizo necesaria una segunda intervención quirúrgica".
Las prótesis eran Modelo Sebbin LS 90, una marca que, según recordó la asociación, "recientemente ha generado gran polémica" debido a una denuncia presentada por El Defensor del Paciente y un cirujano plástico contra Corporación Dermoestética debido a que "supuestamente esta clínica implantaba dicho modelo de prótesis de peor calidad en lugar de otras más caras y de mejor calidad, que eran las que pagaban las pacientes".
En cuanto a la información dada a la paciente, la sentencia señala que el hecho de que "el cirujano no informó adecuadamente a su paciente, de tal modo que el documento con el rótulo de consentimiento informado" de esa clínica de Vigo "es un documento tipo, generalizado o no personalizado, y vacío de todo contenido" específico sobre las consecuencias de "toda orden de la intervención a practicar, hasta el punto de que en ese documento tendrían cabida todos los actos médicos sin excepción".
"El documento omite flagrantemente la descripción del procedimiento y de los beneficios, riesgos y contraindicaciones, en condiciones de especificidad, plenitud y comprensibilidad legalmente requeridas", subraya la sentencia.
Por ello, el fallo señala, en un pormenorizado estudio del consentimiento informado, "que la finalidad del documento parece más que informativa de cubrirse las espaldas ante futuras responsabilidades médicas, lo que es jurídicamente inaceptable".
"Demostrado el hecho de la rotura de la prótesis de silicona de la mama izquierda, la Sala concluye que hubo un fracaso del acto médico", resalta.
INFORMACIÓN INADECUADA
Así, concluye que, al "no existir información adecuada", se indemnice a la paciente por este concepto, ya que "tampoco se la informó de la imposibilidad de lactancia para la prole y por los daños morales al no conseguir el resultado previsto, por lo que tuvo que realizar dos intervenciones", viéndose sometida a "una situación de ansiedad y angustia".
El abogado de la paciente destacó la importancia del "consentimiento informado detallado y personalizado", al tiempo que explicó que "una vez más, su ausencia es objeto de condena al producirse un daño, del que la paciente no fue informada", que fue la posibilidad de la rotura de la prótesis, lo que implicó una segunda intervención con anestesia general.