MADRID, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Consejo General de Dentistas recomienda, ante el cierre repentino de una clínica dental, la conservación de toda la documentación que pudiera tener, como folletos publicitarios, presupuestos, contratos de créditos, resguardos de citas, historial o pruebas diagnósticas.
En un comunicado, el Consejo advierte de que "la pandemia de Covid-19 ha propiciado que muchas clínicas dentales se encuentren en una grave situación financiera", lo que en algunos cosos "pueden desembocar en el cierre de algunas de ellas". En estos casos, cuando una clínica dental cesa su actividad, recuerdan que "lo habitual es que el facultativo se ponga en contacto con todos sus pacientes para informarles de la situación y terminar los tratamientos que no hayan sido finalizados".
Sin embargo, advierte, "cabe la posibilidad de que la clínica cierre de forma repentina y sin dar explicaciones, lo que conllevaría que muchos pacientes quedaran con sus tratamientos a medias o sin empezar, pero con las financieras exigiendo el pago (en el caso de que los hayan financiado)".
Si esto sucede, el Consejo General de Dentistas aconseja también presentar ante la clínica, por burofax o por correo certificado con acuse de recibo, una reclamación escrita; solicitar una copia de sus historias clínicas también por burofax u otro medio fehaciente; y si se ha producido mala praxis o el tratamiento no se ha finalizado, presentar una reclamación ante la Consejería de Sanidad de la comunidad autónoma en la que resida el afectado.
En el caso de que haya firmado un crédito vinculado, "exclusivo para financiar la prestación de un servicio específico", puede interponer una reclamación ante la entidad financiera con la que lo haya firmado, alegando el incumplimiento por parte de la clínica del servicio vinculado al crédito y reclamando sus derechos establecidos en el artículo 29.3 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, con el fin de interrumpir los pagos a las entidades financieras.
En el caso de que no hubiesen transcurrido 14 días naturales desde la firma de este crédito, se puede ejercer el derecho de desistimiento; además ha que presentar una queja ante la Dirección General de Consumo de su localidad si se han vulnerado sus derechos como consumidor.
Por otro lado, si se acude a la vía judicial, recuerda que se puede hacer por vía civil, donde se interpondrá una reclamación como consecuencia de daños y perjuicios ocasionados por una mala praxis profesional o tratamientos no finalizados; o por la vía penal, que se usa si ha existido negligencia grave, estafa, delito contra la salud.
"Aquellos ciudadanos que no dispongan de suficientes recursos económicos y reúnan los requisitos legales exigidos, podrán solicitar asistencia jurídica gratuita a través de los Colegios de Abogados territoriales", añaden.
Por otro lado, ante cualquier duda, los afectados pueden acudir al Colegio Oficial de Dentistas de la provincia donde residan. "Allí se les informará de sus derechos y de todas estas vías de actuación disponibles. Asimismo, también pueden dirigirse a las distintas Organizaciones de Consumidores y Usuarios", señalan.
Asimismo, "recomiendan que valoren y analicen con cuidado y detalle todas las ofertas que puedan recibir de otras clínicas, financieras, bancos y bufetes de abogados ofreciéndose para solucionar sus respectivas situaciones clínicas, financieras y jurídicas".