Castilla y León.-Las empresas de 'catering' y de alimentos preparados deberán contar con "comidas testigo"

Actualizado: martes, 3 agosto 2010 11:57

VALLADOLID, 3 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado este martes una orden de la Consejería de Sanidad que regula la obligación de disponer de "comidas testigo" en determinados establecimientos de 'catering' y de elaboración de alimentos preparados en la Comunidad.

Las comidas testigo serán raciones de 150 gramos del mismo origen que los platos que se servirán o suministrarán y se conservarán en congelación durante al menos cinco días para permitir que en caso de que se produzca un brote por enfermedad transmitida por los alimentos se pueda realizar un estudio epidemiológico más preciso.

Además, según la Consejería se permitirá al operador establecer medidas preventivas eliminando o reduciendo hasta niveles aceptables la posibilidad de que se pueda producir un nuevo brote.

La orden afecta a las empresas que elaboran comidas para suministro directo a medios de transporte y otros colectivos; para los 'catering' que se elaboren o sirvan para más de 15 comensales en hospitales, residencias de ancianos, centros de día, guarderías, comedores de Infantil, Primaria y Secundaria, albergues escolares, campamentos de verano y centros penitenciarios.

Igualmente, se incluyen los establecimientos de comidas preparadas cuando sirvan por encargo a grupos de al menos 40 comensales con menús idénticos (bodas, comuniones o comidas de empresa, por ejemplo). Con el fin de realizar cuantas comprobaciones y determinaciones sean precisas, las comidas testigo estarán a disposición de los servicios de la Consejería durante al menos cinco días.