Los becarios de investigación dejarán de contratarse a partir del 2 de junio de 2012

Laboratorio UCLM, Investigación
EUROPA PRESS/UCLM
Actualizado: jueves, 2 junio 2011 12:54

MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los becarios del sistema público y concertado de la I+D+i dejarán de contratarse a partir del 2 de junio de 2012 tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), que este jueves ha publicado la nueva Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que entrará en vigor en seis meses sustituyendo a la aprobada en 1986.

Así, el BOE señala que a un año de la publicación del nuevo texto se pondrá en marcha el artículo 21 de la ley por la que se crea el primer contrato predoctoral para la carrera investigadora, con el que se suprimen los 'becarios-precarios' del sistema público y concertado de la I+D+i y que será prorrogable por periodos anuales.

Precisamente, una de las principales novedades de la nueva Ley de la Ciencia son la creación de nuevas modalidades de contrato específicos para el sector. De este modo, además del contrato predoctoral, también se ha creado uno contrato de acceso, cuyo objetivo será la consolidación de los investigadores dentro del sistema de Ciencia; y un contrato de investigador distinguido, para que se pueda atraer talento de otras instituciones.

El artículo 21 del nuevo texto es una de las disposiciones que no entrarán en vigor junto a la norma, ya que la nueva ley se pondrá en marcha en seis meses, el 2 de enero de 2012.

Por su parte, la autorización legal para la creación de la Agencia Estatal de Innovación entra en vigor este viernes. La norma enuncia que el Gobierno deberá poner en marcha la agencia antes de un año desde la entrada en vigor de esta disposición, es decir antes del 3 de junio del próximo año.

La Agencia Estatal de Investigación está orientada al fomento de la generación del conocimiento en todas las áreas del saber mediante el impulso de la investigación científica y técnica, tendrá el mismo régimen fiscal que los Organismos Autónomos, y se utilizará como criterio evaluativo para la asignación de los recursos el mérito científico o técnico.

Además, el 1 de enero de 2014 entrarán en vigor el apartado 5 del artículo 25, sobre el reconocimiento a los méritos del personal investigador; y los apartados 1, 2 y 3 de la disposición adicional séptima, relacionados con el régimen retributivo de las escalas científicas y técnicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.

Entre las novedades de la nueva normativa, con respecto a la aprobada hace 25 años, también destaca la contemplación del interés general de la actividad desarrollada por organismos de investigación privados como los Centros Tecnológicos de ámbito estatal, así como el papel de agentes más vinculados a favorecer la transferencia tecnológica y la cooperación entre los diferentes agentes del sistema como, por ejemplo, parques científicos y tecnológicos, plataformas tecnológicas y las agrupaciones de empresas innovadoras.