GRANADA 25 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha resuelto indemnizar con 113.729 euros a la familia de un paciente de Granada fallecido tras una intervención de bocio, estimando así la reclamación administrativa presentada por la asociación de El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han defendido los intereses de esta familia.
En una nota, esta asociación sostiene que el propio SAS ha reconocido que se cometieron "sucesivamente" varios errores "evitables" que determinaron "el fallecimiento del paciente", que fue operado de bocio por el Servicio de Cirugía Torácica del Hospital Ruiz de Alda de Granada.
En concreto, los hechos se remontan al 29 de septiembre de 2.006, cuando el paciente G.T., acudió al citado hospital para que, mediante cirugía, se le extirpara un bocio. Sin embargo, además del bocio, el paciente presentaba un aneurisma "que no fue detectado ni antes de la operación, ni durante la misma por el cirujano que le intervino", el cual "confundió el aneurisma en la arteria subclavia con un nódulo del tiroides que procedió a extirpar, provocando con ello una gran hemorragia".
La "gravísima hemorragia" ocasionada con la intervención, dio lugar "sucesivamente" a un edema cerebral y encefalopatía anóxica, lo que provocó finalmente "la muerte del paciente el 1 de octubre de 2006 y tras padecer una terrible agonía durante más de un mes".
Según el Defensor del Paciente, las explicaciones ofrecidas a la familia en un primer momento para explicar el mal resultado de la intervención se basaron en que el preoperatorio "había sido pobre e incompleto", por lo que "no habían podido prever lo que se encontraron". Además, agrega esta asociación, los médicos explicaron a la familia que cuando surgió la complicación "tuvieron que esperar bastante rato a que acudiera el equipo de cirugía vascular, pues sólo habían participado en la intervención cirujanos torácicos no cualificados para atender la perforación ocasionada".
No obstante, y tras interponer la reclamación frente al SAS, "el servicio de cirugía que intervino al paciente emitió un informe considerando que el fallecido había sido atendido de forma correcta y profesional por este servicio".
A pesar de ello, esta asociación de defensa del paciente sostiene que las conclusiones de la Resolución final del SAS "son demoledoras", por cuanto la propia Administración "reconoce que hubo un error en la interpretación de las imágenes obtenidas en las TAC, contribuyendo al error que no sembrara dudas diagnósticas la aparición de una serie de signos en las imágenes del TAC, que eran poco congruentes con el diagnóstico de nódulo tiroideo".
Así, el SAS admite que "debieron pedirse otras pruebas complementarias, como RNM o angiografía, que no se hicieron y hubieran permitido detectar su procedencia vascular y no tiroidea".
Del mismo modo, añade el SAS que "la única prevención que se tomó antes de proceder a la exéresis fue puncionarla para ver si sangraba, maniobra dudosa, pues si se punciona un aneurisma se puede producir la rotura del mismo y una hemorragia profusa".
"En definitiva, se produjeron varios errores evitables que fueron el origen de las complicaciones que acabaron determinando el fallecimiento del paciente", relata el defensor de la conclusiones del SAS, en las que también se señala que existe una "clara relación causal entre la asistencia prestada al paciente y su fallecimiento, que el organismo lamenta profundamente, correspondiendo indemnizar a los reclamantes por el perjuicio alegado".
Por ello, el SAS accede a la reclamación interpuesta por los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente, a través del letrado José Miguel Castillo Calvín, e indemniza a la viuda del fallecido a la cuantía de 113.729 euros.