MADRID 5 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado, por un error de forma, un recurso de la Junta de Andalucía para que seis tabacaleras y la Administración General del Estado reembolsen a la Administración Autonómica 1,77 millones de euros por gastos en los tratamientos de pacientes víctimas del tabaquismo.
El recurso fue interpuesto por la Junta después de que la Audiencia Nacional desestimara este asunto, lo que frenaba su batalla contra las tabacaleras y la implicación de la Administración General del Estado como responsable solidaria.
Según la sentencia, hecha pública hoy y a la que tuvo acceso Europa Press, la desestimación se basa en una inadecuada elección de la articulación jurídica a la hora de motivar el recurso de casación elevado. La misma no entra en el fondo de la cuestión por el que la Junta demanda a tabacaleras y al Estado el reembolso de los gastos sanitarios.
Ahora, el Supremo subraya esos errores de forma y deja la puerta abierta a que la Administración Autonómica demande al Estado, por la vía civil. Así, dice que del mismo modo que la Junta demandó por esta vía a las tabacaleras, pudo haberlo hecho "o puede hacerlo aún" con el Estado, para que se reconozca esa posible obligación de reembolsar el gasto realizado.
La Junta de Andalucía se convirtió en febrero de 2002 en la primera administración europea en demandar a las compañías tabaqueras --British American Tobacco, CITA, Altadis-Tabacalera, Tobacco Canary Island, Philips Morris y J.T. International-- con el objetivo de que paguen el coste sanitario relacionado con las enfermedades asociadas al tabaquismo.