SEMDOR y la FEP rechazan el visado para el uso de fármacos con fenatilino de liberación rápida

Publicado: lunes, 18 enero 2021 16:31

MADRID, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sociedad Española Multidisciplinar del Dolor (SEMDOR) y el Foro Español de Pacientes (FEP) han rechazado el visado para el uso de los fármacos que contienen fentanilo de liberación rápida en el tratamiento del dolor irruptor (DI) en pacientes que presentan dolor crónico no oncológico (DCNO).

Las organizaciones se han pronunciado así tras tener conocimiento de la intención del Ministerio de Sanidad de instaurarlo. "La medida puede lesionar seriamente tanto la calidad de la atención a los pacientes afectos de dolor crónico incoercible, así como la libre prescripción del facultativo", han dicho.

Y es que, tal y como han argumentado, tanto la bibliografía científica como su experiencia en la práctica clínica confirman que los mecanismos fisiopatológicos del dolor oncológico y no-oncológico son similares y que tanto en pacientes con cáncer como en pacientes sin cáncer está presente el dolor irruptor, por lo que la medida de limitación de uso de estos fármacos a sólo aquellos pacientes que tengan cáncer "puede ser contraria a la evidencia científica".

Así, SEMDOR y la FEP han avisado de que supondría dejar a cerca de dos millones de pacientes que actualmente alivian su DI mediante este tipo de fármacos sin control de su dolor, haciéndolos demandantes de asistencia continua por parte de los servicios de urgencia hospitalarios o ambulatorios con el posible colapso de estos, con una "importante limitación" para la realización de sus actividades diarias y con "sufrimiento innecesario" asociado a su dolor.

Al mismo tiempo, prosiguen, supondrían la "imposibilidad" de iniciar este tratamiento farmacológico en los pacientes que, por no tener cáncer, no puedan acceder a ellos; así como una discriminación con respecto a aquellos pacientes que sí tienen cáncer.

"La suspensión de la financiación de estos fármacos a los pacientes con DCNO sería de una injusticia social palmaria, dejando sin posibilidad de tratamiento a aquellos pacientes con menor poder adquisitivo ya que no podrían costearse el fármaco por sus propios medios económicos, lo que conllevaría una discriminación evidente y la ruptura del principio de igualdad, en contra del mandato de nuestra Constitución, artículos 15 y 43, en cuanto al derecho a la protección de la salud y el 9 y 14, referidos a la equidad y a la no discriminación", han apostillado.

La implementación de un visado que impida el acceso a estos fármacos por parte de los pacientes que padecen DCNO, en definitiva, "lesionaría" los derechos fundamentales, constitucionalmente reconocidos y protegidos, de estos pacientes. Además, las consecuencias serían además organizativa y económicamente "nefastas" pues la "desfavorable evolución" del control del dolor provocaría una "incontrolable" demanda de asistencia sanitaria urgente y un aumento de los costes sanitarios asociados.

"Aceptar la existencia de este visado previo supondría una intolerable restricción en la libre prescripción del facultativo, que, con su criterio médico, su conocimiento científico actualizado y su experiencia de práctica clínica, siendo además quien conoce de forma detallada al paciente y mejor puede 'personalizar' su tratamiento, fruto de una decisión compartida con él. El medico está obligado a proporcionar a sus pacientes el mejor tratamiento disponible en cada momento para cada uno de ellos incluso aun cuando ese tratamiento sea off-label o de uso compasivo", han argumentado.

Hasta el momento no se ha detectado en España ni en Europa ningún problema de adicción a opioides y, por lo tanto, la limitación propuesta, a juicio de las organización, genera una limitación que no está justificada por la realidad clínica actual y puede resultar innecesaria y demasiado restrictiva.

"Tenemos la intención de ayudar en la mejora asistencial de los pacientes y de evitar un daño irreparable a estos mismos pacientes, por lo que proponemos la toma las siguientes medidas para la prescripción de estos fármacos como alternativa a la implantación del visado, al resultar menos lesivas para la libertad de prescripción de los facultativos y, muy especialmente, para las necesidades clínicas y derechos de los pacientes con DCNO", han zanjado.