SEVILLA 2 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Salud y Bienestar Social ha afirmado este martes que ha evitado que los pensionistas andaluces hayan tenido que adelantar en un año alrededor de 34,6 millones de euros por la aplicación del copago en farmacia regulado en el Real Decreto Ley 16/2012
Esta medida, aprobada por el Gobierno central, obliga a los pensionistas a pagar entre el 10 y el 60 por ciento del coste de sus tratamientos, con un tope máximo mensual que oscila entre los 8,14 y los 61,08 euros, dependiendo de la renta, y establece que el usuario abone y después solicite un reintegro de los gastos si se superan los límites mensuales.
En Andalucía, ha recordado Salud en un comunicado, gracias a la extensión de la receta electrónica, los pensionistas no tienen que solicitar dicho reintegro, ya que el sistema de Receta XXI permite cobrar sólo hasta los umbrales máximos establecidos por el Ministerio, evitando así que los ciudadanos tengan que adelantar dinero por la compra de sus fármacos.
La estrategia digital Diraya, sobre la que se desarrolla la receta electrónica, es la que permite cruzar directamente los datos clínicos de los pacientes andaluces con la información económica y laboral ofrecida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Así, un total de 355.000 personas al mes se han beneficiado de este procedimiento, con lo que han evitado tener que adelantar dinero en el momento de la retirada de sus medicamentos. Con este procedimiento, se ha evitado también la tramitación de estos expedientes administrativos.
En Andalucía, cerca de medio millón de pensionistas mayores de 65 años consume más de cinco recetas al mes y cada pensionista realiza un consumo de 58 euros al mes de media. Concretamente, el 81 por ciento (1.468.047) del total de los pensionistas andaluces está en el tramo que pagan 8,14 euros al mes, según la norma; 276.862 (15%) abonarán hasta 18,32 euros al mes, y 3.621 (el 0,2%) un máximo de 61,08 euros mensuales.
FORMULARIO PARA RECLAMACIONES
Los usuarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) disponen también de un formulario para resolver su reclamación ante el INSS en relación a su cobertura sanitaria pública o su situación de aportación en la prestación farmacéutica (copago) que pueden descargar en las páginas web de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud (SAS).
Este cauce fue habilitado por el INSS a petición de la Consejería de Salud andaluza y, a 31 de junio, ya se han realizado un más de 7.000 descargas del formulario de reclamación. Con el fin de resolver las discrepancias que surgen entre los datos que figuran en determinadas tarjetas sanitarias y la situación real, el INSS creó un instrumento de reclamación y subsanación de posibles errores o desactualizaciones.
Se trata de un formulario que permite al usuario exponer el error o desacuerdo en el tipo de aportación farmacéutica asignado o en el tipo de aseguramiento, así como clarificar la situación en la que manifiesta estar: trabajador en situación de alta o asimilada a la de alta; pensionista de la Seguridad Social; desempleado cobrando prestación o subsidio; perceptor de prestación periódica de la Seguridad Social; trabajador que agotó la prestación por desempleo y permanece desempleado; trabajador que agotó el subsidio por desempleo y permanece desempleado; persona que reside en España y no supera el límite de rentas establecido; persona que tiene suscrito un convenio especial de asistencia sanitaria.
En Andalucía, la Consejería del ramo habilitó sus canales propios para facilitar el acceso de los usuarios a esta vía de subsanación. Para ello, todos los centros de salud andaluces así como las páginas web de la Consejería (www.juntadeandalucia.es/salud) y del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) ofrecen a los usuarios un formulario para aclarar su situación de aseguramiento y copago.
Una vez completado, este documento debe presentarse en cualquier registro oficial (ayuntamiento, diputación, cualquier registro de la Junta de Andalucía o de la universidad) desde donde lo enviarán al INSS para que sea este organismo el que tramite las modificaciones pertinentes, ya que este procedimiento es competencia exclusiva del Gobierno central.