P.Vasco.-Una sentencia declara ilegales los servicios mínimos exigidos en el Hospital de Álava para la huelga del 29-M

Actualizado: jueves, 10 enero 2013 19:15

BILBAO, 10 Ene. (EUROPA PRESS) -

El juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Vitoria ha declarado ilegales los servicios mínimos exigidos en el hospital de Álava, sede de Txagorritxu, con motivo de la huelga general del 29 de marzo de 2012, tras la demanda interpuesta por ELA.

En una nota, este sindicato ha explicado que, según la orden de Servicios Mínimos de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno vasco, para el mantenimiento de los servicios esenciales durante la Huelga General del 29 de marzo en los centros hospitalarios se establecía que se mantendrían con el personal habitual de un día festivo.

ELA ha indicado que en los días festivos no hay nadie en el Servicio de Farmacia y, sin embargo, Osakidetza aumentó el numero, "fijando un numero de trabajadores en servicios mínimos superior al señalado por la orden citada para el servicio de farmacia, impidiendo hacer huelga a dos celadores del servicio de Farmacia en la sede de Txagorritxu del Hospital Universitario de Álava".

El sindicato ha señalado que en la sentencia los tribunales estiman que Osakidetza incurrió en una "infracción, vulnerando este derecho fundamental de huelga".

"Esta sentencia es una prueba más de que Osakidetza impidió en numerosos servicios que el personal se adhiriera a la Huelga General convocada por ELA y otras organizaciones sindicales y sociales, imponiendo servicios mínimos que ahora están siendo declarados ilegales", ha asegurado.

ELA ha considera "positivo" el fallo del tribunal, ya que, aunque vengan "a toro pasado", estas sentencias tienen "un alto valor por cuanto marcan límites a posibles nuevas situaciones similares".