Propone la creación en Osakidetza de Unidades de Tratamientos odontológicos especiales para este colectivo
BILBAO, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Consejo Económico y Social (CES) vasco ha emitido un dictamen favorable al Proyecto de Decreto sobre Atención a la salud bucodental de la población con discapacidad del País Vasco, remitido por el Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno vasco.
Según ha informado el CES, la Ley tiene por objeto proporcionar a este segmento de la población una asistencia bucodental especial y específica, con una cobertura de prestaciones más amplia que la que el sistema sanitario vasco dispensa a la generalidad de la población adulta.
Esta ampliación parte de un compromiso adquirido por el Departamento de Sanidad y Consumo ante la Comisión de Sanidad del Parlamento vasco en noviembre 2011 y se justifica en las características y necesidades específicas de este colectivo.
El CES vasco ha recordado que el colectivo de personas con discapacidad constituye un grupo que presenta una mayor afectación de patología bucodental. Así, en ocasiones, las propias patologías asociadas a la discapacidad presentan especificidades de naturaleza odontológica.
También el tipo de dieta y la medicación asociadas a este colectivo repercuten negativamente sobre su salud bucal y, con carácter general, las limitaciones intelectuales y motoras contribuyen a aumentar las carencias en la higiene dental y en el apoyo a los tratamientos.
No obstante, existen en nuestra sociedad colectivos con otros tipos de discapacidades, por ejemplo, minusvalías físicas o motoras, que igualmente generan dificultades para el autocuidado, higiene dental y colaboración en los tratamientos bucodentales, análogas a las que padecen los discapacitados intelectuales y que podrían, a la luz de los principios de igualdad y equidad que forman parte de los valores de nuestro sistema sanitario, justificar igualmente una asistencia diferenciada, ampliada y especial.
UNIDADES DE TRATAMIENTO ESPECIAL
El órgano consultivo estima que es necesario que la normativa sea más concreta en lo relativo al dispositivo asistencial previsto para la atención de las necesidades especiales de las personas con discapacidad, en consideración, precisamente, de la naturaleza de este tipo de pacientes y del carácter especial de sus necesidades.
En este sentido, indica que se realizan referencias genéricas a los medios técnicos y humanos ubicados en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza o a la realización de ajustes organizativos y a su dotación adecuada, pero quedan abiertas otras cuestiones.
Entre ellas, se encuentra la localización de esta atención dental básica especial --si es en ambulatorio y/o hospital--, en relación al colectivo profesional sanitario que intervendrá en su provisión --dentista de cabecera, anestesistas...-- y su relación con los profesionales implicados en las prestaciones.
Por estas razones, el Consejo propone la creación en Osakidetza de Unidades de Tratamientos odontológicos especiales, para garantizar y agilizar la atención bucodental de las personas con discapacidad.