Los pacientes con enfermedad cardiaca tienen más riesgo de sufrir un accidente de tráfico

Dolor, infarto, enfermedad cardiaca
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Actualizado: jueves, 21 junio 2018 14:13

   MADRID, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

   La Fundación Española del Corazón (FEC) ha recordado a los pacientes con enfermedad cardiaca, con motivo del próximo periodo estival en el que se producen millones de desplazamientos por carretera, la importancia de que los pacientes con cardiopatías sigan una serie de recomendaciones si van a coger el coche porque tienen un mayor riesgo de sufrir un accidente de tráfico.

   "Algunas enfermedades suponen un aumento del riesgo de accidente y ese riesgo es variable en función del órgano afectado. Dentro del conjunto de enfermedades cardiacas, hay algunas que sí pueden repercutir en la conducción y otras en absoluto. Tener una enfermedad del corazón, en algunas personas, sí puede suponer más riesgo de accidente o de la necesidad de reevaluar con más frecuencia su capacidad para seguir conduciendo", ha comentado el miembro de la Sociedad Española de Cardiología (SEC) y representante de ésta ante la Dirección General de Tráfico (DGT), José Alberto García Lledó.

   De hecho, España ha introducido recientemente una enmienda al anexo IV del Reglamento General de Conductores para adecuarse a la normativa europea en lo referente a las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso de conducir en el caso de los pacientes con cardiopatías.

   Una nueva normativa que, a juicio del especialista, supone "grandes cambios" respecto a la previa, incluyendo nuevos problemas como las endoprótesis valvulares o algunas miocardiopatías concretas, además de actualizar los conocimientos previos. Así, el Reglamento General de Conductores de España describe los requisitos para la conducción en las distintas enfermedades, resumidos en un editorial publicado en Revista Española de Cardiología.

   En concreto, la norma establece que en insuficiencia cardiaca se permite la conducción de turismos en aquellos pacientes que no tienen síntomas de la enfermedad en reposo; se reduce a dos semanas el periodo para conducir tras el implante de un marcapasos; se permite la conducción a las dos semanas del implante de un desfibrilador automático implantable por prevención primaria, y a los tres meses (sin descargas ni recurrencias) en prevención secundaria; y en pacientes que hayan sufrido un síndrome coronario agudo, se permite conducir a las tres semanas del episodio.

   Del mismo modo, no se podrá conducir con angina de reposo o de mínimos esfuerzos; los trasplantados de corazón podrán conducir siempre que no presenten síntomas en reposo; y en el caso del síncope, se exigen seis meses sin recurrencias para poder conducir, salvo que su causa sea tratable o suceda en circunstancias que no puedan tener lugar durante la conducción, como es el caso de la visión de sangre.

   En este sentido, el doctor ha comentado que de todas las manifestaciones que presenta la enfermedad cardiovascular (falta de aire, dolor en el pecho, palpitaciones y pérdidas de conocimiento) la que supone un peligro al volante es la pérdida de la consciencia.

   "Si una enfermedad cardiaca condiciona la posibilidad de perder el conocimiento, el paciente no debe conducir hasta que no se trate la causa, si es que es tratable", ha dicho el cardiólogo, para detallar que son las arritmias cardiacas las que más riesgo presentan, al ser una de sus manifestaciones la pérdida de conocimiento.

   En algunos casos, las pérdidas de conocimiento o síncopes pueden evitarse implantando un marcapasos. "En esos casos, la persona no podrá conducir hasta que esté implantado, cicatrizado, y se compruebe que funciona correctamente. Lo que ocurre es que no todos los síncopes se producen por arritmias tratables con uno de estos dispositivos", ha zanjado García Lledó.

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