Madrid.-El Estado tendrá que pagar a la Comunidad 140 millones de euros por colaboración en asistencia sanitaria

Actualizado: viernes, 9 octubre 2009 18:36

MADRID 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno central deberá pagar a la Comunidad de Madrid más de 140 millones de euros por su colaboración en la gestión de la asistencia sanitaria no abonada entre 1999 y julio de 2004, según se desprende de una sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

El fallo judicial, fechado el 22 de septiembre de 2009, da la razón al Gobierno regional en la reclamación que presentó en diciembre de 2004 por los gastos que se le adeudaban como consecuencia de la prestación de la asistencia sanitaria a sus trabajadores.

La Comunidad de Madrid ha venido colaborando con la Seguridad Social, haciéndose cargo de la gestión de la asistencia sanitaria de sus empleados a través de la UPAM hasta enero de 2009, fecha en la que este sistema de colaboración fue eliminado con la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009.

Por la prestación de este servicio debería haber recibido la correspondiente compensación económica de conformidad con lo dispuesto en la ley de la Seguridad Social. "Pero el Estado hizo caso omiso de las obligaciones legalmente establecidas, y se negó a abonar la deuda contraída con la Administración madrileña", según informó hoy el Gobierno regional.

Ante tal "desagravio", la Comunidad de Madrid recurrió a los tribunales, que ya le dieron la razón en una primera instancia en el año 2007. En esa fecha, la Audiencia Nacional estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Administración madrileña y condenó al Ministerio de Sanidad y Consumo a abonarle la cantidad reclamada que ascendía a 140,73 millones de euros por el período comprendido entre 1999 y el primer semestre de 2004.

El Estado recurrió en casación ante el Tribunal Supremo el 3 de septiembre de 2007. Ahora el Tribunal Supremo considera, entre otras razones, que "no resulta aceptable que una colaboración de décadas entre la empresa demandante en instancia y la administración de la Seguridad Social pueda quedar extinguida por voluntad tácita de la administración, sin comunicación expresa alguna, permitiendo que la entidad colaboradora persista en la gestión de la asistencia y de la incapacidad laboral derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, conforme al apartado 1.b.) del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, sin recibir la contraprestación económico correspondiente, es decir, la participación den la fracción de la cuota correspondiente a tales situaciones y contingencias".

El juez entiende "persistente" la colaboración y, por lo tanto, "el derecho al resarcimiento económico, cuyo procedimiento para hacerlo efectivo, ante la ausencia de norma reglamentaria, es el fijado por la Sala de Instancia", según se explica en la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.

Por todo ello, condena al Ejecutivo central a efectuar el abono a la Comunidad de Madrid de la cantidad reclamada más los intereses devengados por la misma, además de 3.000 euros en concepto de costas.

Además, según el Gobierno a autonómico, la deuda con la Comunidad de Madrid es todavía mayor, ascendiendo a casi 300 millones de euros. De hecho hace ya algunos meses la Comunidad de Madrid reclamó al Gobierno central el abono de la compensación económica que le corresponde por la colaboración prestada en la gestión de la asistencia sanitaria desde julio de 2004 hasta noviembre de 2008, una cantidad que valoró en aproximadamente 150 millones de euros.

(EUROPA PRESS MADRID)