¿Qué hacer ante una negligencia médica?

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Actualizado: sábado, 18 abril 2015 8:58


MADRID, 18 Abr. (INFOSALUS) -

Las reclamaciones en la sanidad pública representan casi el 40 por ciento de todas las quejas que se registran ante la Administración Pública, según datos del Observatorio Jurídico de Legálitas. Pese a ello, cuando vivimos una negligencia médica, en ocasiones no sabemos cómo actuar.

Con motivo del Día Europeo de los Derechos de los Pacientes, que se celebra este sábado 18 de abril, la compañía española nos da las claves para identificar estas situaciones y saber qué derechos tenemos como paciente.

Para empezar, hay que tener en cuenta a qué llamamos negligencia médica. Estas se producen cuando un profesional sanitario actúa apartándose de los estándares médicos exigibles (por acción u omisión) causando, en la mayoría de ocasiones, un daño físico y moral al paciente.

Entre las más comunes están retrasos en el diagnóstico, error en el mismo o en su interpretación, intervenciones quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente, prescripción inadecuada de medicamentos, nulo seguimiento de protocolos, transmisión de enfermedades por transfusión sanguínea como la hepatitis o el sida, infecciones intrahospitalarias o daños producidos por el propio material quirúrgico o bien por su olvido en el interior del paciente.

También se tipifican como negligencia médicas los fallecimientos por no prestar asistencia sanitaria de urgencia, falta de consentimiento informado de las posibles alternativas y consecuencias del tratamiento o no supervisar debidamente al paciente en el post-operatorio.

A la hora de someterse a una prueba médica o intervención, debemos saber que como paciente uno tiene derecho a conocer el diagnóstico de su enfermedad y sus consecuencias, así como los posibles tratamientos y sus efectos, con la finalidad de decidir libremente si quieres someterte al tratamiento médico propuesto.

CONSENTIMIENTO INFORMADO: UN DERECHO DEL PACIENTE

Por ello, el consentimiento informado es un derecho del paciente y, por otra parte, también un deber jurídico del médico o de otro tipo de personal sanitario.

Esto hace que el facultativo deba informarte de los riesgos del tratamiento y de las consecuencias relevantes que pudieran afectar al desarrollo de tu actividad personal o profesional.

Y si tu médico no ha cumplido con el deber de información y acreditas la falta de la misma, en caso de negligencia se considerará una responsabilidad médica, puesto que será el facultativo quien deba asumir los riesgos de su actuación.

¿VERBAL O POR ESCRITO?

Además, aunque el consentimiento del paciente se suele prestar verbalmente, en determinados casos como intervenciones quirúrgicas y procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos o que supongan riesgos notorios, la Ley exige que el consentimiento se preste por escrito, aunque podrá ser revocado libremente y en cualquier momento de la misma manera.

Por otro lado, ante un caso de negligencia Legálitas recuerda la necesidad de guardar cualquier tipo de documentación médica relacionada con la intervención, puesto que puede ser de gran valor en el caso de una reclamación posterior.

De ahí la necesidad de solicitar siempre una copia de todo documento médico aunque creas que no tiene importancia. Y recuerda también que, si tienes lesiones físicas, es aconsejable realizar un seguimiento fotográfico de la evolución de la lesión.