El Defensor del Pueblo recomienda garantizar la asistencia sanitaria gratuita a colectivos vulnerables aún excluidos

Una dona espera el seu torn a la sala d'espera del CASAP de Castelldefels (arxiu)
Una dona espera el seu torn a la sala d'espera del CASAP de Castelldefels (arxiu) - A.CREUS Y A.GARCÍA / BANC D'IMATGES INFERMERES
Actualizado: miércoles, 13 mayo 2020 13:45

Sigue en directo la última hora sobre el coronavirus en España y en el mundo

MADRID, 13 May. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo recomienda al Gobierno que se garantice la asistencia sanitaria gratuita a colectivos vulnerables aún excluidos en la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que fue reformada por el Decreto-ley de 2018 y que amplió la cobertura de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos a las personas extranjeras en situación irregular.

Aunque esta reforma es calificada de "muy positiva", por el organismo que dirige en funciones, Francisco Fernández Marugán,
considera que "algunos aspectos que pueden afectar a personas en situación de vulnerabilidad económica y social quedaron regulados de forma incompleta, lo que exigiría una corrección normativa en cuanto fuera posible".

La Oficina del Defensor del Pueblo, que el pasado año tramitó un total de 790 quejas relacionadas con la sanidad, ha publicado este miércoles el Informe Anual de la Institución relativo al ejercicio 2019, pide que, "en cuanto sea posible" se reforme de nuevo para que algunos extranjeros, a día de hoy sin derecho a asistencia sanitaria gratuita por estar en estancia temporal (primeros 90 días), pero encontrándose en condiciones de gran vulnerabilidad social, puedan ser atendidos de forma gratuita por el Sistema Nacional de Salud.

"La actual redacción de la norma hace que algunas comunidades autónomas la interpreten restrictivamente, pese a que, a criterio del Defensor, la ley sí ampara reconocer la asistencia sanitaria gratuita a los extranjeros en situación de estancia temporal y en circunstancias excepcionales de necesidad y vulnerabilidad social, cuando un informe de los servicios sociales así lo acredite", advierte.

Además, a los ciudadanos extranjeros que residen en España en virtud de su vinculación familiar con un ciudadano español o comunitario, la legislación actual no les reconoce el derecho a la asistencia con cargo a fondos públicos, pues deben disponer de un seguro sanitario propio, según la legislación de extranjería.

"Lo cierto es que dentro de este colectivo hay personas de edad avanzada, que no desarrollan actividades laborales o lucrativas y que han trasladado su residencia a España para convivir con sus hijos e hijas, y que en ocasiones no pueden mantener ese seguro privado por su elevado coste", recuerda.

En el caso de los más mayores, observa que les presume una capacidad para atender a sus necesidades sanitarias que no siempre es real. Por eso recomienda hacer más asequible la suscripción del ya existente Convenio público de asistencia sanitaria con los servicios de salud. "Una flexibilización de los requisitos de acceso, exigiéndose menos de un año de residencia y disminuyendo la cuantía mensual a abonar para los mayores de 65 años, podría dar respuesta al problema", concluye.