VALENCIA 3 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Síndic de Greuges sugiere a la Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana que extreme al máximo el deber de dar respuesta expresa a los recursos administrativos de alzada que presenten los ciudadanos dentro del plazo establecido en relación a una queja de una mujer por la tardanza en más de un año en responderle a su petición de cambio de centro de salud.
Así, en el escrito, recogido por Europa Press, la mujer señalaba que en mayo de 2010 le fue notificada la resolución administrativa por la que se denegaba su solicitud de cambio de Centro de Salud, por lo que interpuso diez días después un recurso administrativo de alzada del que el 14 de abril de 2011 todavía no había obtenido respuesta expresa.
Así, el Síndic constata que del detallado estudio de la queja se desprende que existió una demora de más de un año en la resolución del recurso administrativo de alzada: el recurso fue interpuesto en fecha 20/05/2010 y resuelto en fecha 11/07/2011.
En definitiva, considera que "si bien es cierto" que del relato cronológico que resulta de la documentación obrante en el expediente se desprende que esa Administración ha mantenido una actitud que califica de "activa" en la tramitación del mismo, "no lo es menos que se ha incumplido con la obligación de dictar en plazo la resolución expresa tras la interposición de un recurso administrativo de alzada".
Por ello, recuerda la obligación administrativa de cumplir escrupulosamente con las normas que rigen los procedimientos, cuidando al máximo de los trámites que constituyen el expediente administrativo dimana directamente del mandato constitucional del Art. 103 de una Administración eficaz que sirve con objetividad los intereses generales y que actúa con sometimiento a la ley y al derecho.