El Consejo Andaluz de Médicos alude a la Ley del Medicamento y dice que sólo médicos y odontólogos pueden prescribir

Actualizado: miércoles, 22 julio 2009 18:17

SEVILLA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos aludió hoy al artículo 77.1 de la Ley estatal del Medicamento, que establece que los únicos profesionales que pueden prescribir medicamentos son el médico y el odontólogo, una premisa que, según puntualizó este órgano colegial, "garantiza" el Decreto andaluz de prestación farmacéutica que ayer aprobó el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

De hecho, el máximo órgano de representación colegial señaló que la aprobación de este Decreto andaluz ha supuesto "la plasmación de los acuerdos de la Mesa de Trabajo creada al efecto", unas reuniones en las que los representantes de médicos, enfermeros y Administración "han iniciado un camino de diálogo que, con probabilidad, constituirá un ejemplo de cooperación y desarrollo de iniciativas conjuntas en toda España".

Del mismo modo, el Consejo Andaluz valoró de forma positiva la regulación de espacios "con competencias multidisciplinares", así como la progresión de iniciativas cuyo objeto tiendan "a la agilidad y cercanía" en la atención a los pacientes.

De igual modo, aplaudió que se preserve "únicamente" la denominación 'receta' para aquellos documentos que indiquen medicamentos sujetos a prescripción facultativa, en los que la tutela médica "representa una garantía de calidad".

Agergó que la presencia de las organizaciones profesionales en el proceso previo acreditativo y formativo de aquellos enfermeros a cargo de la indicación de medicamentos publicitarios no sujetos a receta, constituye un paso de colaboración entre la Administración y los Colegios.

Asimismo, el Consejo Andaluz de Médicos sostuvo que el trabajo a cargo de los profesionales de enfermería en el seguimiento de tratamientos protocolizados prescritos previamente por el médico representa un proyecto de trabajo en común en beneficio de la atención sanitaria.