Sanidad destinará 6,9 millones a entidades locales para atender a personas con discapacidad intelectual

Actualizado: martes, 29 enero 2013 12:56

TOLEDO, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales ha publicado una Orden por la que se establecen las bases que regulan las ayudas a entidades locales en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013. La financiación prevista se realizará de forma plurianual con cargo a los Presupuestos Generales de la Junta de los ejercicios 2013 y 2014 en una cuantía máxima de 6.940.840,00 euros.

Según la Orden, publicada este martes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recogida por Europa Press, podrán ser subvencionados los gastos de personal y mantenimiento de centros cuyo objeto es la atención directa y la mejora de la calidad de vida en la atención a personas con discapacidad intelectual.

Dichos centros, en cumplimiento de su finalidad, desarrollarán programas específicos vinculados a los objetivos de integración sociolaboral, integración en la comunidad, alojamiento y convivencia, así como de atención temprana.

El importe del crédito a imputar en el ejercicio 2013 asciende a la cantidad de 5.662.882 euros y en el ejercicio de 2014 a 1.277.958 euros. La distribución de los créditos entre las diversas anualidades tiene carácter estimado y podrá modificarse a través del correspondiente expediente de ajuste de anualidades, antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria ni publicación.

La Orden explica que la cuantía total máxima excepcionalmente podrá incrementarse, motivadamente, previo informe de la Intervención General y tramitación del oportuno expediente de gasto, sin necesidad de abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, antes de la resolución de la concesión de la subvención.

ACTIVIDADES

Mediante estas subvenciones se podrán financiar hasta el 100 por cien de las actividades a desarrollar por las entidades, en relación con los programas que se desarrollen en los centros teniendo en cuenta que solo se financiarán las plazas ocupadas con independencia del tipo de centro.

La concesión de las subvenciones previstas en la Orden queda condicionada, como se detalla en ella, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2013.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles a partir de este miércoles. Para la concesión de las mismas se valorará la adecuación de los proyectos presentados a los objetivos y principios rectores contenidos en el II Plan de acción para personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán gastos subvencionables los gastos de personal y mantenimiento que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para desarrollar dicha actividad y siempre que se realicen en el plazo indicado en la correspondiente convocatoria.

Para el ejercicio 2013 concretamente comprenderán los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de ese año, según el texto de la Orden.

También se consideran gastos subvencionables los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

Las subvenciones concedidas se harán efectivas en tres libramientos, el primer libramiento, correspondiente al primer 50 por ciento de la cantidad total subvencionada se realizará previa justificación del gasto del mencionado primer 50 por ciento de la aportación de la Consejería.

El segundo libramiento se efectuará por un 32 por ciento de la cantidad subvencionada y previa justificación de dicho porcentaje de gasto de la aportación de la Consejería, y el tercer libramiento, correspondiente al 18 por ciento de la cantidad total subvencionada, se realizará previa justificación del gasto total efectuado.