El Gobierno regional garantiza la cobertura sanitaria a los autónomos parados que no coticen

Actualizado: viernes, 20 enero 2012 13:15

TOLEDO, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado una orden de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales en la que se asegura que los "trabajadores por cuenta ajena en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social que, encontrándose en

situación de desempleo, causen baja de cotización por finalización de la acción protectora de la Seguridad Social, así como a sus beneficiarios, tendrán garantizada la cobertura sanitaria".

Según publica el DOCM y recoge Europa Press, para garantizar la cobertura a estas personas el departamento que dirige José Ignacio Echániz ha aprobado esta orden para modificar a la nueva normativa legal la orden de 23 de marzo de 2011, que regula con carácter

complementario la tarjeta sanitaria individual en Castilla-La Mancha, estableciendo a tal efecto la población protegida, los requisitos y el procedimiento administrativo a seguir para su obtención.

Dicho documento regional establece que la expedición y gestión de dicha tarjeta está ligada al cumplimiento de los requisitos administrativos de afiliación y alta de la persona en cualquiera de los regímenes generales o especiales de la Seguridad Social; aquellas personas que hayan causado baja en la Seguridad Social tan solo tienen derecho al inicio de la prestación o a la continuación de la misma durante determinados períodos de tiempo conforme a lo previsto en el artículo 6 del Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre, por el que se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios.

Sin embargo, la reciente Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, ha modificado la situación antes descrita ya que en el punto 1 de su disposición adicional sexta regula la extensión de la cobertura sanitaria pública y gratuita a las personas que hayan agotado la prestación o el subsidio de desempleo a partir del 1 de enero de 2012.

Por ello, la orden aprobada por la Consejería tiene por objeto adaptar su texto a lo dispuesto en la Ley 33/2011 para garantizar el derecho a la protección a la salud y a la atención sanitaria pública y gratuita a cargo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a "trabajadores por cuenta ajena en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social que, encontrándose en situación de desempleo, causen baja de cotización por finalización de la acción protectora de la Seguridad Social, así como a sus beneficiarios, que tendrán garantizado el mismo tipo de servicios y de prestaciones sanitarias que tuviesen reconocidas con anterioridad a su baja y cese de cotización en la Seguridad Social".

A tal fin, conservarán y utilizarán la tarjeta sanitaria individual que les fue expedida antes de la situación de baja en la Seguridad Social, manteniendo la misma asignación de facultativo y centro sanitario.