VALLADOLID 2 Nov. (EUROPA PRESS) -
Un total de 37.320 castellanoleoneses ha accedido durante los tres primeros trimestres del año a los tratamientos de deshabituación tabáquica que ofrece Sacyl, periodo en el que la Junta, además, ha desarrollado 7.041 inspecciones, de las que han resultado 176 expedientes instruidos y 113 sanciones propuestas por los Servicios Territoriales de Sanidad, según informaron a Europa Press fuentes del Ejecutivo autonómico.
Así, la cifra de personas que han accedido a la deshabituación refleja un incremento de más del cien por cien respecto al primer semestre de 2011, en el que los castellanoleoneses que emplearon este servicio fueron 17.721, mientras que respecto a la inspección, la Ley 42/2010, que entró en vigor a principios de enero de 2011, centra sus cambios en la prohibición de fumar en establecimientos públicos cerrados y en cualquier ámbito laboral.
La Junta recuerda que el hábito tabáquico constituye uno los principales problemas de salud pública en las sociedades avanzadas, y supone asimismo una gran carga asistencial a los servicios sanitarios, con el importante coste económico que conlleva y que afecta a la sostenibilidad del sistema sanitario público.
En cuanto a la labor inspectora en relación con el tabaco que se desarrolla en la Comunidad, ésta responde a una doble motivación: por un lado, dar respuesta a las denuncias presentadas ante los correspondientes órganos competentes; por otro, atender a la planificación de inspección y de control de la Consejería de Sanidad y que supone que los distintos servicios territoriales alcancen el número previsto mensualmente de visitas a establecimientos de distinta índole, durante las cuales se comprueba el cumplimiento de la legislación vigente.
En ambos casos, los inspectores de la Junta realizan el acta correspondiente, en el que se informa de las posibles deficiencias y, en su caso, puede dar lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador. Dependiendo de los aspectos incumplidos, ese expediente origina sanciones leves, graves y muy graves, cuyo órgano sancionador y cuantía está estipulado por la normativa vigente, y queda siempre la opción del recurso ante la vía contencioso-administrativa.