PALMA DE MALLORCA, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Ejecutivo balear pagará desde el primer momento el coste de las prótesis y del material de ortopedia, después de que el Consell de Govern haya aprobado hoy, a propuesta de la Conselleria de Salud y Consumo, el decreto por el que se regula la prestación ortoprotética para los usuarios del Servei Balear de Salut (Ib-Salut). Hasta ahora, el usuario compraba su material y pasados unos meses se le reembolsaba parte de este gasto.
En rueda de prensa posterior, la portavoz del Govern, Joana Barceló, manifestó que el objetivo de esta medida es aprobar el catálogo de material ortoprotético y regular la forma en que el Ib-Salut debe facilitar a los pacientes incluidos en su ámbito de cobertura las prótesis externas, sillas de ruedas, ortesis y prótesis especiales que necesiten, siempre que estas estén incluidas en el catálogo de productos ortoprotétics que figura como anexo del Decreto.
Este Decreto también posibilita convocar un concurso de ortopedias, gracias al cual se le indicará al usuario el establecimiento de ortopedia donde puede retirar el producto sin pagarlo y será el Ib-Salut el que pague directamente el material.
Cabe recordar que durante 2008 el Ib-Salut abonó 6.755 artículos de material ortoprotétic por un valor de 1,8 millones de euros. A través de este Decreto se han actualizado los precios del material que no se habían revisado desde hace diez años.
Hasta ahora se estaba ofreciendo a los usuarios un reembolso muy inferior al que realmente cuesta una prótesis o silla de ruedas y, con esta revisión, se ha logrado actualizar los precios y los ha situado en un nivel medio, tal y como explicó Barceló.
Las prestaciones incluidas en el catálogo de material se hacen efectivas a través del conjunto de técnicas, tecnologías y procedimiento que integran la cartera de servicios, que actualmente se recogen en el Real decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el cual se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento por actualizarla.
La norma incluye los avances y las innovaciones en la atención sanitaria que deben ir incorporando a la práctica clínica. En concreto, el anexo regula la cartera de servicios comunes de prestación ortoprtética, que debe comprender los elementos necesarios para mejorar la calidad de vida y la autonomía del paciente, y que consiste en la utilización de productos sanitarios, o no, y cuya finalidad es sustituir totalmente o parcialmente una estructura corporal, o bien modificar, corregir o facilitar su función.
CONTENIDO DEL CATÁLOGO
En el catálogo de material ortoprotético se incluyen las prótesis externas, sillas de ruedas, las ortesis y las prótesis especiales susceptibles de ser prescritas y financiadas por la Administración así como el número de los códigos identificativos, los precios máximos, la aportación del usuario, los requisitos para la renovación y el plazo de garantía.
Asimismo, la prescripción de los productos que son objeto de la prestación regulada en este Decreto se puede hacer por el personal médico del Ib-Salut que sea especialista en la materia, correspondiente a la clínica que justifique la prescripción; y el personal médico especialista de centros concertados, en los casos en que los pacientes hayan sido remitidos por el Servicio de Salud de las Islas Baleares.
También la podrán realizar el personal médico de Atención Primaria puede prescribir sillas de ruedas, caminadores y muletas, de acuerdo con el protocolo que debe elaborar el Servicio de Salud; los inspectores médicos del Servicio de Salud pueden prescribir cualquier artículo del catálogo.