PALMA DE MALLORCA 21 Sep. (EUROPA PRESS) -
La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) dictó hoy una sentencia por la que desestima la petición de suspensión cautelar del hospital de Son Espases solicitada por la Congregación de Misioneros de los Sagrados Corazones, y avala la legalidad de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Palma que permite la ejecución del centro hospitalario.
Cabe recordar que la modificación del PGOU fue aprobada de forma definitiva por el pleno del Consell de Mallorca el 5 de junio de 2006, y contra ella la Congregación de Misioneros de los Sagrados Corazones había presentado un recurso pidiendo su anulación. Mientras, el TSJIB dictó sendos autos en diciembre de 2006 y mayo de 2007 en los que desestimaba la medida cautelar de suspensión de dicha modificación.
Sin embargo, la Congregación, no satisfecha con los autos de la Sala de lo contencioso-administrativo, presentó ante el Tribunal Supremo un recurso de casación, sobre el que el Alto Tribunal dictó sentencia el pasado 3 de febrero de 2009, en la que ordenaba la suspensión de las obras del citado centro, acordando "la suspensión de eficacia de la modificación puntual de la revisión del PGOU".
(HABRÁ AMPLIACIÓN)