Andalucía.- El Supremo admite a trámite el recurso de los ópticos contra la sentencia que anulaba el convenio con Salud

Actualizado: jueves, 25 junio 2009 13:33

SEVILLA, 25 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso que planteó recientemente el Colegio de Ópticos-Optometristas de Andalucía contra la sentencia del mismo Alto Tribunal que anulaba el convenio de Prevención y Promoción de la Visión (PPV) con la Administración andaluza, tras el recurso que elevó previamente el Consejo Andaluz de Médicos.

Según informó hoy el Colegio de Ópticos de la comunidad, el Supremo deberá ahora decidir nuevamente si suspende la ejecución de la sentencia o si, por el contrario, la mantiene. En cualquier caso, para los ópticos-optometristas el convenio que mantenían con la Junta "beneficiaba a todos los usuarios de Andalucía y sin restringir ninguno de los servicios sanitarios que les son ofrecidos desde la Administración".

Ya a comienzos de este mismo año, el Supremo declaró nulo el convenio que la Consejería de Salud andaluza mantenían desde marzo de 1999 con la Delegación Regional del Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas para la atención óptica, estimando así el recurso de casación que en su día interpuso el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Andalucía (TSJA).

Según aquella la resolución, a la que ha tuvo acceso Europa Press, el Supremo entendía que el convenio que en su día firmó la Administración con el Colegio Nacional de Ópticos "no se ajusta conforme al ordenamiento jurídico".

Así, consideraba "nula y sin ningún valor" la sentencia de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Andalucía, la cual desestimó el recurso contencioso-administrativo que interpuso el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, organismo este último que viene sosteniendo que dichas atribuciones asistenciales le son propias del profesional oftalmólogo.

Ahora, con la admisión a trámite del recurso de los Ópticos el Supremo deberá decidir nuevamente si suspende la ejecución de la sentencia o si, por el contrario, la mantiene.