ALMERÍA 20 May. (EUROPA PRESS) -
La acusación particular ha interesado este lunes penas de multa y pago de una indemnización de 500.000 euros para los dos médicos del complejo hospitalario de Torrecárdenas, en Almería, acusados de una presunta falta de imprudencia leve del artículo 621.2 del Código Penal en la muerte de una bebé de ocho meses en 2006.
La menor falleció en el centro de salud de Adra (Almería) en la madrugada del 3 de enero a causa de un "probable síndrome de Reye", según la autopsia que obra en las actuaciones si bien la acusación particular sostiene que, tal y como se diagnosticó "correctamente" a un hermano nacido un año y medio después, padecía una "enfermedad genética grave que afecta al metabolismo por déficit de beta oxidación".
En el juicio de faltas, que ha quedado visto para sentencia ante el Juzgado de Instrucción número 4, los dos acusados se han negado a contestar a las preguntas de la acusación particular y han respondido sólo al letrado de su defensa ante la ausencia de la fiscal asignada al caso. Tampoco ha comparecido en sala pese a estar citada la perito forense del Instituto de Medicina Legal (IML).
Según ha informado a Europa Press el abogado de la asociación 'El Defensor del Paciente', Ignacio Martínez, tras la práctica de la prueba, ha solicitado la imposición de sendas multas de cuatro meses a razón de 50 euros al día y una indemnización de 500.000 euros de acuerdo al baremo fijado por el Tribunal Supremo (TS) para víctimas de negligencias médicas. Subsidiariamente, en caso de que la juez considere la aplicación del baremos para accidentes del tráfico, 157.000 euros.
Martínez, quien ha criticado con dureza la falta de "compromiso y profesionalidad" con la que se ha celebrado la vista tras siete años de instrucción y el "luto continuado" que han padecido los padres, ha señalado que el único perito que ha depuesto en juicio ha sido el de la acusación particular, quien ha remarcado que la bebé, que murió dos horas después de recibir el alta hospitalaria, "tenía necesariamente que tener los parámetros de las analíticas alterados" en contra de los que sostienen los dos acusados, que defiende que se "siguió el protocolo".
Al hilo de esto, ha indicado que el perito de la defensa, que finalmente ha declarado como testigo y cuenta con "más de 20 años de trabajo compartido" con uno de los facultativos que se ha sentado en el banquillo, ha ratificado que no se trató de una "muerte súbita, sino de algo progresivo" mientras que la acusada, jefa de pediatría, ha asegurado que no llegó a "firmar el alta porque no figura en el documento su sello con el número de colegiación".
El Juzgado de Instrucción número 4 resolvió hace un año tramitar las diligencias que se incoaron en 2008 como un juicio de faltas después de que la Fiscalía estimase que, tras la práctica de "abundantes" pruebas periciales médicas, los hechos no podían ser considerados como constitutivos de un delito de imprudencia temeraria, tal y como calificó el letrado de los padres de la fallecida, aunque sí como una falta leve.
"SIN CONOCER RESULTADOS DE LAS PRUEBAS"
Según se recoge en su escrito la acusación particular, los padres de la bebe acudieron al servicio de Urgencias de Torrecárdenas para que fuera atendida por un cuadro de vómitos, deshidratación y fiebre. En un primer momento, la pediatra le prescribió "como exigen los protocolos" un hemograma, una gasometría y una bioquímica aunque "sólo se llegó a conocer el resultado" de la primera de las pruebas diagnósticas.
Señala que, con el cambio de turno, la niña pasó a cargo de un médico general no sin que antes, según sostiene, la pediatra "dejase firmada el alta antes de abandonar el hospital, sin establecer un diagnóstico etiológico y sin conocer el resultado de la bioquímica y la gasometría".
El letrado de la Asociación 'El Defensor del Paciente' detalla que el segundo facultativo le dio el alta efectiva a la niña "sin tomarle la temperatura, ni la tensión arterial y sin repetir las pruebas prescritas por su compañera especialista en pediatría de bioquímica y gasometría a pesar de que no se tenía resultado". "La actuación de ambos médicos fue contraria a lo establecido en el protocolo del hospital para vómitos de lactantes, a la 'lex artis' más elemental y al sentido de la mínima prudencia", según añade.
En esta línea, afirma que informes periciales que obran en el procedimiento apuntan que el síndrome de Reye es una enfermedad diagnosticable con la bioquímica y la gasometría, que --subraya-- "fue prescrita y no realizada a la niña cuando un lactante es una urgencia de primer orden". No obstante, remarca que, un año y medio después del fallecimiento, nació otro hijo de los denunciantes, hermano de doble vínculo de la bebé fallecida, quien fue asistido de urgencias en verano de 2010 en mismo hospital "de acuerdo a la 'lex artis'" por un déficit de beta oxidación.
La acusación defiende que la citada "enfermedad genética grave del metabolismo que si no es atendida causa la muerte por hipoglucemia", fue con "toda probabilidad lo que realmente padeció su hermana", lo que, a su juicio, demuestra que en cualquier caso, muriese por un síndrome de Reye o por un déficit de betaoxidación, al cursar ambos con un hipoglucemia, "una simple glucemia o prueba del azúcar, incluida en la bioquímica necesaria, exigida por el protocolo, elemental, rutinaria, inmediata, barata y sobre todo, prescrita por los mismos acusados, hubiera salvado la vida de la niña".
FISCALÍA
Por su parte, la Fiscalía, que no se ha personado en juicio, asegura que, de las "abundantes pruebas periciales médicas practicadas" se infiere que los hechos denunciados "no pueden ser considerados" como un delito de imprudencia temeraria sino, sólo y en su caso, "como una falta de imprudencia leve".
En esta línea, argumenta en su informe evacuado al juzgado que, en la conducta desplegada por ambos médicos, "no se aprecia" la eliminación de la "atención más absoluta y la no adopción de los cuidados para elementales exigidos en la actividad que desarrollan los médicos especialistas" aunque interesa, a la vista de que no se puede tipificar como la "más grave de las imprudencias", que se transforme el procedimiento en un juicio de faltas "donde deberá depurarse la posible comisión de un imprudencia leve".
Los enjuiciados argumentan que el médico-forense "no estimó una causa-efecto" entre el diagnóstico y la muerte, y señalan que la enfermedad de su hermano, "similar" a la suya, "tuvo que ser diagnosticada en colaboración con el Instituto de Bioquímica Clínica de Barcelona". A esto añaden que no existe "exigencia de un análisis de glucosa" en el caso que se va someter a juicio "conforme a la 'lex artis'".