Aborto.- El TC rechaza el recurso de amparo frente a la ley presentado por el Centro Jurídico Tomás Moro

Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
EP
Actualizado: viernes, 8 octubre 2010 14:39

MADRID, 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de amparo frente la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), presentado por el centro Jurídico Tomás Moro y en representación también de las asociaciones Fundación Talita Aragón, RedMadre, Foro Español de la Familia, Projusticia y del ginecólogo Esteban Rodríguez Martín.

Con arreglo a la Ley Orgánica del TC, la Sala Segunda, Sección Tercera del Alto Tribunal, ha acordado no admitir el recurso, que "ha recurrido a una vía procesal inadecuada", ya que, según explica en la resolución "el TC no ha configurado un recurso de amparo directo contra leyes" y éste sólo es posible mediante la impugnación de los actos de aplicación de la norma.

"Estamos ante una norma que por sí misma no limita, ni prohíbe, ni faculta, y requiere, por tanto, para producir su efecto, de un acto de aplicación", ha argumentado el tribunal.

Por su parte, la entidad formada por juristas cristianos ha señalado que la resolución de la Sala Segunda, Sección Tercera del TC --formada por los magistrados Guillermo Jiménez Sánchez, Eugenio Gay Montalvo y Pascual Sala Sánchez-- "es sumamente restrictiva de los derechos ciudadanos y frontalmente contraria al derecho a la vida".

Para el Centro Jurídico Tomás Moro sólo existe una "mínima" fundamentación jurídica de la inadmisión del amparo, pues, según ha señalado, en este tipo de resoluciones el Alto Tribunal "suele argumentar su decisión de forma aún más breve". "No obstante, consideramos que dicha argumentación adolece de numerosos errores", han advertido.

Si bien reconoce que la Ley Orgánica del Constitucional no ha configurado un recurso de amparo directo contra las leyes, también ha recordado "no está ni prohibida, ni explícitamente rechazada, circunstancias que hubiera permitido al TC, en aplicación de su propia doctrina, admitir el recurso de amparo", ha añadido.

Asimismo, discrepan de la decisión del Alto Tribunal, pues, en su opinión, la Ley del Aborto "limita de forma clara el derecho a la vida, prohíbe la protección integral del 'nasciturus', faculta para el ejercicio del nefando infanticidio, y efectivamente, requiere de un acto de aplicación: la muerte de un inocente, muerte irreparable si no se interviene con carácter previo".

El Centro Jurídico Tomás Moro ha lamentado que "otra vez más, se ha manifestado el alto déficit democrático español", al no permitirse a diferencia de otros países, impugnar directamente una ley "que agrade el derecho primero de toda persona: el derecho a la vida".

Por último, ha indicado que esta decisión del TC pone de manifiesto la necesidad de reformar "en profundidad" la Constitución y los órganos constitucionales, "para que estos estén al servicio de la sociedad y del bien común, y no al servicio de ideologías liberticidas".