El TS condena a la Administración a indemnizar con 120.200 € a la madre de un chico que se mató al salir del hospital

Actualizado: lunes, 26 marzo 2007 20:31

MADRID 26 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha condenado a la Administración a indemnizar con 120.202,42 euros a la madre de un chico de 20 años que se mató tras salir del hospital, donde le habían atendido por un intento de suicidio la noche anterior y por el que el médico de guardia se limitó a aconsejar a sus padres que lo llevaran a revisión al psiquiatra.

El alto tribunal entiende que los servicios médicos de urgencia del Hospital de Santa María de Rosell de Cartagena (Murcia), donde el 16 de noviembre de 1996 fue atendido el joven de un intento de suicidio la noche anterior a su muerte, "se limitaron a curar las heridas de las muñecas".

Omitieron -prosigue la sentencia- "el deber de dar una determinada respuesta médica a quien se encontraba privado de capacidad normal de discernimiento, circunscribiéndose a dar unos consejos a sus padres, lo que sin ninguna duda pone de relieve la omisión por parte de aquellos servicios, de los medios adecuados para seguir o controlar la alteración mental del paciente".

En opinión del Supremo, esa omisión derivó en una relación de causalidad directa y eficaz con la muerte del joven, que seguía "condicionado por la alteración mental que padecía y sobre la que los médicos no pautaron medida de control alguno". Por eso, tras abandonar el hospital, se escapó de la vigilancia de sus padres y se arrojó a las vías del tren, donde lo atropelló un convoy.

Al contrario que la Audiencia Nacional, que llega a afirmar que "tanta responsabilidad cabría imputar al médico de urgencias que trató al hijo de la recurrente como a sus propios padres, que lo dejaron marchar solo", el Supremo considera que la Administración es responsable de la muerte del chico al existir "nexo causal entre el funcionamiento normal o anormal del servicio público y el resultado lesivo o dañoso producido".