MADRID 12 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Cuentas ha cuestionado el seguimiento de los acuerdos de techo de gasto que el Ministerio de Sanidad ha firmado con algunos laboratorios farmacéuticos para financiar determinados medicamentos, tras observar cómo en ocasiones resulta "difícil" comprobar si se ha cumplido el límite fijado en cada caso.
Así se desprende de las conclusiones del informe de fiscalización que este organismo ha llevado a cabo sobre la actividad económica desarrollada por el Ministerio en relación con el área farmacéutica durante los ejercicios 2014 y 2015.
El Ministerio recurre a esta fórmula cuando se autoriza la financiación pública de algunos medicamentos nuevos a los que, por su elevado coste, se les aplican "reservas singulares" para limitar su dispensación y se les fija un techo de gasto máximo para todo el Sistema Nacional de Salud (SNS), incluyendo también la sanidad penitenciaria y las mutualidades Muface, Mugeju e Isfas.
De hecho, fue una de las estrategias incluidas en el Plan Nacional de la Hepatitis C que elaboró en 2015 para facilitar la compra de los fármacos de última generación que estaban apareciendo. En aquel momento se fijó un techo de gasto conjunto de 786 millones para cuatro medicamentos y un periodo de tres años.
Cuando el Tribunal de Cuentas realizó su fiscalización se encontraban sujetos a estos acuerdos un total de 12 medicamentos que, de acuerdo con las resoluciones aprobadas, tenían un techo de gasto conjunto aproximado de 1.197 millones de euros.
Dichos acuerdos fijaban un techo de gasto en función de un número máximo de unidades o de un coste máximo de tratamiento por paciente, con tramos de precios o límite de envases suministrados. Y en caso de superarse los límites establecidos, se pasaba a una financiación diferente o son suministrados de forma gratuita por los laboratorios.
Y para ello, los laboratorios correspondientes deben registrarse en una aplicación en la que comunican mensualmente toda la información relativa a las ventas realizadas de su medicamento al SNS.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas considera que algunas de las resoluciones han determinado obligaciones adicionales a los laboratorios que "escapan a las posibilidades de inspección y examen por parte del Ministerio" mientras que otras han fijado techos de gasto basados en determinados sistemas con una "importante complejidad a la hora de precisar el número de pacientes tratados por las distintas autoridades sanitarias".
Además, constatan que Sanidad "no realizó ningún cruce de datos de los medicamentos sujetos a techo de gasto que han remitido los laboratorios con otros datos externos", bien sea con los facilitados por las diferentes autoridades sanitarias en los ficheros relativos a la farmacia hospitalaria, bien solicitando a las comunidades autónomas información específica para controlar la veracidad de la remitida por los laboratorios, según el informe.
AMPLIAR LOS ESTUDIOS ECONÓMICOS PARA APROBAR FÁRMACOS
Por otro lado, el informe estima conveniente considerar la posibilidad de ampliar los estudios económicos que actualmente se realizan a la hora evaluar medicamentos para su inclusión en la prestación farmacéutica y fijarles un precio. Para ello, proponen el examen y, en su caso, la implementación de nuevas metodologías de análisis, así como con el reforzamiento del empleo de procedimientos escritos y comunes para todos los evaluadores.
Y en relación con los datos de consumo hospitalario de medicamentos relativos a 2013 y 2014, advierten de que la información estadística contenida no incluye el gasto correspondiente a las mutualidades del Estado pese a representar el 4,4 por ciento del gasto farmacéutico del SNS.
Además, el Tribunal de Cuentas admite que la información del consumo farmacéutico hospitalario recibida, desde 2013 hasta 2015, de las consejerías de salud de las comunidades no ha permitido disponer de datos fehacientes del gasto farmacéutico hospitalario.
REVISAR EL SISTEMA DE PRECIOS DE REFERENCIA
El informe recoge igualmente una serie de recomendaciones orientadas a solventar algunas de las deficiencias detectadas, como analizar ventajas e inconvenientes del sistema de precios de referencia "con el fin de evitar que los mecanismos puramente matemáticos del sistema puedan ejercer, como señala el Real Decreto 177/2014, efectos perversos y provoquen la salida de la prestación farmacéutica de medicamentos de probada eficacia terapéutica".
Asimismo, abre la posibilidad de establecer un sistema único entre la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para la gestión de los datos de los sistemas informáticos 'Alcántara' y 'RAEFAR', o crear un manual de procedimientos en el que se definan las funciones y responsabilidades de las distintas áreas y unidades organizativas que componen esta Dirección general.