El Supremo responsabiliza a Uralita de la enfermedad de un extrabajador por exponerse al amianto

Fachada del Tribunal Supremo
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 29 febrero 2012 16:40

BARCELONA 29 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación que presentó la empresa de fabricación de elementos para la construcción Uralita frente a una sentencia de marzo del 2011 que le condenaba a indemnizar con 54.786 euros a un extrabajador incapacitado permanentemente por la exposición al amianto, una sustancias que utilizaba la compañía.

Según la sentencia, Uralita incumplió la normativa porque no garantizó los sistemas de limpieza ni protección de los trabajadores porque estaban expuestos a "un alto grado de contaminación sobrepasando las dosis máximas permitidas para ocho horas de exposición diaria de 2 fibras por centímetro cúbico establecidas teniendo en cuenta el riesgo cancerígeno", por lo que culpa a la empresa de la enfermedad.

El denunciante trabajó en la fábrica de la empresa en Cerdanyola del Vallès (Barcelona) de 1970 a 1974, y se le diagnosticó una "enfermedad profesional por asbestosis pulmonar de severa intensidad", según la sentencia, y el Instituto Territorial de Seguridad e Higiene, tras una investigación, corroboró el riesgo de manipulación del amianto en seco en el almacén y en la carga de los molinos de estas instalaciones.

La sentencia constata también que de 1969 a 1985 se barría el suelo con escobas, los sacos de amianto se manipulaban manualmente y los trabajadores no utilizaban mascarillas.

La empresa incumplió la normativa laboral y de prevención de riesgos anterior a 1977 algo que, según el Colectivo Ronda, impedirá a la empresa poder seguir argumentando que no existía una legislación clara al respecto y desconocimiento de la peligrosidad del amianto.

El colectivo cree que esta sentencia cierra a Uralita la puerta a recurrir los numerosos casos de trabajadores presuntamente afectados por esta exposición.

En el fallo recurrido, Uralita recordaba que el tribunal no la declaró responsable de la muerte de un extrabajador en 2000 que también sufría la misma enfermada profesional que el denunciante, por lo que no tuvo que abonar ninguna indemnización.