El Supremo confirma la condena a un laboratorio por los efectos de un fármaco para la menopausia

Fachada del Tribunal Supremo
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 4 junio 2012 19:44

BARCELONA 4 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la farmacéutica Sanofi Aventis, con lo que ha ratificado la condena al laboratorio por los "efectos adversos" del fármaco 'Agreal', indicado para tratar la menopausia.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo da por bueno el fallo de la Audiencia de Barcelona, que en marzo de 2009 obligó a la farmacéutica a indemnizar con 55.600 euros a una quincena de mujeres.

El fallo señala que "sin duda" el prospecto del medicamento no contenía toda la información relativa a un fármaco recetado para tratar los sofocos y otras manifestaciones de la menopausia y, por tanto, olvidaba una parte sustancial de la información pertinente.

'Agreal' fue retirado del mercado español en 2005, pero el Supremo constata ahora que, entre la información que no facilitaba el prospecto, está la duración del tratamiento y las "reacciones adversas científicamente comprobadas".

"El laboratorio es quien comercializa el medicamento y quien infringía sistemáticamente todas las normas respecto a la información suministrada a médicos y pacientes", señala el fallo, que también le impone a Sanofi Aventis las costas del proceso.

El caso se remonta a 2007, cuando una primera sentencia desestimó la demanda de 130 mujeres que solicitaban una indemnización de 7,8 millones de euros por daños físicos y psicológicos, si bien una sentencia posterior de 2009 estimó parcialmente los recursos de apelación de una quincena de mujeres.

"UNO DE LOS POCOS FALLOS ESTIMATORIOS"

En declaraciones a Europa Press, fuentes de Sanofi Aventis han expresado que la farmacéutica "acata pero no puede mostrar su conformidad" con el fallo, por lo que anuncia que procederá a un estudio pormenorizado del mismo para valorar si interpone un recurso que haga valer sus derechos.

Se trata de "uno de los pocos fallos estimatorios frente a la mayoría de sentencias que absuelven al laboratorio", han puntualizado las mismas fuentes.