MADRID, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea ha registrado una Proposición no de ley en el Congreso en la que propone un nuevo sistema de copago farmacéutico que, entre otras novedades, incluye dejar fuera aquellos medicamentos esenciales para patologías crónicas y fijar un tope máximo para la población activa como ya tienen los pensionistas.
La formación 'morada' critica el sistema implantado en 2012 por la entonces ministra de Sanidad Ana Mato dentro de su reforma sanitaria --que fijó diferentes tramos según el nivel de renta y obligaba a los pensionistas a pagar una parte de sus medicinas que hasta entonces adquirían gratis en las farmacias-- al tiempo que lamentan que desde entonces no se ha realizado ninguna evaluación de impacto sobre la salud de la población.
Por ello, y después de que diferentes informes en los últimos años hayan alertado de que este sistema ha supuesto una dificultad en el acceso a los medicamentos para determinados colectivos, propone un nuevo sistema con el objetivo de evitar que los gastos relacionados con la enfermedad "menoscaben de manera significativa" la solvencia económica de los ciudadanos.
Entre las medidas, proponen realizar un listado de medicamentos esenciales para el tratamiento de patologías crónicas que, siendo los que muestren una mejor relación coste-efectividad, puedan quedar exentos de copago para todos los grupos de población.
Asimismo, propone modificar los porcentajes de copago y establecer un límite máximo trimestral para la población activa en función de su renta. De modo que, en una renta anual menor de 12.450 euros se establecería exención de copago.
Mientras, en rentas de entre 12.450 y 20.200 euros se establecería un límite máximo de 24,69 al trimestre; en rentas anual entre 20.200 y 35.200 euros límite máximo de 55,56 euros al trimestre; en rentas anuales de entre 35.200 y 60.000 el límite máximo de serían 185,25 euros y, finalemte, en las rentas mayores de 60.000 euros no se establecería un límite máximo trimestral.
Por otro lado, proponen implantar "de forma inmediata" un mecanismo de evaluación periódica de los copagos en España, "dada la importancia que estos pueden tener sobre la consecución de uno de los objetivos fundamentales del sistema sanitario" que es la protección financiera de los usuarios por motivos sanitarios.
El objetivo de la medida es identificar los colectivos en mayor riesgo de padecer la denominada pobreza farmacológica, "monitorizando los posibles problemas de adherencia relacionada con la incapacidad económica para el acceso a los medicamentos".
Finalmente, consideran que es necesario introducir en la financiación pública aquellos medicamentos dirigidos al tratamiento de síntomas menores que muestren un valor terapéutico y una relación de coste-efectividad favorable.
ASISTENCIA PARA TODOS LOS ESPAÑOLES
Además, han registrado otra Proposición no de ley donde piden que se derogue y deje sin efecto cualesquier norma jurídicas que "limite o cercene" el derecho de los ciudadanos españoles al acceso a la asistencia sanitaria del Sistema de Seguridad Social, con independencia de su residencia o no en territorio español.
"Ningún fundamento económico puede justificar la decisión de privar de asistencia sanitaria a las personas que permanezcan fuera del Estado más de noventa días, sin olvidar la enorme desigualdad que esta medida genera en relación al acceso a la asistencia sanitaria, así como los problemas de salud pública que pueden derivarse de dicha privación", exponen.
Desde Podemos-En Comú Podem-En Marea reclaman que, en cumplimiento del mandato constitucional que garantiza el derecho a la asistencia sanitaria a toda la ciudadanía española, "con carácter universal en tanto residan en territorio, sin perjuicio del cual fuere su nacionalidad", se inicien los trámites legislativos pertinentes para derogar cuantas normas impidan el acceso a la asistencia sanitaria a los ciudadanos españoles que residan fuera del territorio español durante más de noventa días.
Solicitan la derogación de la exigencia de residir en España contenida en el artículo 3, apartado 2, letra d), de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y del artículo 51, apartado 3.º, del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y que dicha derogación se haga con carácter retroactivo a todas aquellas personas que por aplicación de las meritadas normas se encontraron privadas de tal asistencia sanitaria.