MÉRIDA 24 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Servicio Extremeño de Salud (SES) ha acordado la "suspensión" de la oposición en la que la exconsejera socialista de Sanidad María Jesús Mejuto, obtuvo la máxima puntuación en estas pruebas que se convocaron durante su mandato.
Una "suspensión" que estará vigente hasta la resolución de los "múltiples recursos" de alzada presentados contra el acuerdo del tribunal de selección de estas oposiciones, y que se basa en que "se aprecian indicios suficientes de posibles irregularidades" en este proceso que "aconsejan, como medida cautelar, suspender la ejecución del acto que se recurre, y consecuentemente del proceso selectivo".
El Diario Oficial de Extremadura publica este lunes una resolución, recogida por Europa Press, de la dirección gerencia del Servicio Extremeño de Salud por la que se acuerda la suspensión de la ejecución del acuerdo del Tribunal de Selección de 20 de diciembre de 2013 y publicado el 20 de enero de 2014, y en el que se hace pública la relación de aspirantes que se ha superado el ejercicio de la fase de oposición.
En concreto, la suspensión afecta al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de licenciados especialistas en ciencias de la salud, en la categoría de facultativo/a especialista de área, en la especialidad de Cirugía General y Aparato Digestivo en el SES, convocado mediante resolución de 13 de junio de 2011, y en el que la exconsejera socialista obtuvo la máxima puntuación.
Según se explica en la resolución publicada este lunes en el DOE, en la citada convocatoria se incluían, entre otras, doce plazas de Cirugía General y Aparato Digestivo (diez para su acceso por el turno libre y dos de promoción interna), y sobre la que el pasado 20 de enero de 2014, se hizo pública la relación de aspirantes que han superado el ejercicio de la fase de oposición.
"MÚLTIPLES RECURSOS"
Señala la resolución que contra este acuerdo del Tribunal de Selección han tenido entrada en el Servicio Extremeño de Salud "múltiples recursos" administrativos interpuestos por aspirantes al proceso selectivo, "mostrando su disconformidad con el mismo y con las calificaciones otorgadas por el Tribunal, que por tanto les imposibilita su continuación en el proceso selectivo".
En estos recursos, "en síntesis y de forma homogénea", los recurrentes denuncian una "irregular obtención de los resultados del ejercicio de oposición por parte de una de las aspirantes", ya que según señalan "traería causa de una relación profesional y amistosa previa con uno de los miembros del Tribunal".
Una relación que "podría ser determinante de un motivo de abstención o recusación, circunstancias todas ellas que invalidarían la celebración de la prueba impugnada", señala la resolución publicada este lunes.
Por este motivo, los aspirantes en sus recursos "solicitan la nulidad o subsidiariamente la anulabilidad de la prueba realizada, la repetición de la fase de oposición con la designación de un nuevo Tribunal de Selección", y también reclaman la suspensión del proceso selectivo hasta la resolución de los recursos.
Y es que, señalan los recurrentes que "si no se suspende y continúa se podrían causar daños de muy difícil reparación tanto para los recurrentes que no podrían continuar en el proceso selectivo como para terceros", ya que, según se señala en esta resolución, "si no se declara la suspensión de la ejecución del acto que se impugna, terceros interesados podrían tomar posesión de una plaza resultante de un proceso de selección nulo".
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Señala esta resolución del SES que los recursos de alzada presentados detallan en este caso tanto el "concreto perjuicio" que les causaría la ejecución del acto, así como "aspectos relativos a las relaciones profesionales y amistosas existentes a lo largo de toda su carrera profesional entre el presidente del Tribunal de Selección y la opositora que ha obtenido la máxima puntuación", y que "a juicio de los recurrentes evidencian una íntima relación amistosa entre ambos".
Una relación que "debería haber sido un motivo de abstención por parte del presidente del Tribunal, o bien ser un motivo de recusación como se indica en los recursos", señala esta resolución.
Por otro lado, apunta que tras solicitar documentación al Tribunal de Selección, en aras, tanto a la resolución de los recursos como a la resolución acerca de la suspensión de la ejecución del acto que se impugna, en esta "se aprecian indicios suficientes de posibles irregularidades en el proceso de selección que aconsejan, como medida cautelar, suspender la ejecución del acto que se recurre, y consecuentemente del proceso selectivo".
El objetivo de esta suspensión es "evitar los perjuicios de difícil reparación que podrían causarse en el hipotético supuesto de que se nombrasen como personal estatutario fijo aspirantes a un proceso selectivo que después podría declararse nulo".
Por todo ello, y "tras haber sido ponderados" por el Servicio Extremeño de Salud "los intereses en juego, públicos y privados", ha acordado que "procede la estimación de los argumentos articulados por los recurrentes en los que fundaban su solicitud de suspender la ejecución del acto recurrido, y por lo tanto ha de acordarse la suspensión del acto que se impugna, y por ende del proceso selectivo".
La suspensión está vigente "hasta la efectiva resolución de los recursos de alzada" presentados contra el acuerdo del Tribunal de Selección de este proceso, concluye la resolución.