MADRID 17 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Comisión de Sanidad en el Senado aprobará el próximo miércoles el dictamen de la Ponencia del proyecto de Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida que ha incluido una serie de modificaciones durante su tramitación en la Cámara Alta a propuesta del PNV y CiU. Además, también se votarán las enmiendas de los distintos grupos parlamentarios que quedan vivas y el texto resultante volverá a ser remitido al Congreso para su ratificación definitiva.
Durante el trámite parlamentario en la Cámara Alta el texto ha incorporado dos enmiendas de PNV que modifican el texto incorporando la necesidad de garantizar la accesibilidad a las técnicas de reproducción asistida de las personas con discapacidad; así como la inclusión en el apartado de las infracciones graves de la publicidad o promoción que incentive la donación de células y tejidos humanos por parte de centros autorizados mediante la oferta de compensaciones económicas.
Además, el informe de la ponencia también ha incorporado sendas enmiendas de CiU eliminando la frase de que "la mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas en esta Ley con independencia de su estado civil y orientación sexual", al ser dos aspectos que pertenecen a la intimidad de cada mujer, según defendió el grupo catalán.
También, se añade un nuevo apartado al proyecto que especifica que "los miembros de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida deberán efectuar una declaración de actividades e intereses y se abstendrán de tomar parte de las deliberaciones y en las votaciones en que tengan un interés directo o indirecto en el asunto examinado" para, según CiU, asegurar la independencia de dicha entidad.
Esta iniciativa busca facilitar al máximo que las parejas con problemas de fertilidad puedan tener hijos, así como aplicar estas técnicas a la prevención y tratamiento de enfermedades e incrementar la seguridad de estos procesos y ofrecer una mayor y mejor información a los usuarios, según Sanidad.
En concreto, esta normativa eliminará los actuales límites al número de ovocitos fecundados, al tiempo que pueden conservarse criogenizados; permitirá la práctica --previa autorización-- de técnicas experimentales tuteladas, y ampliará a terceros la posibilidad de realizar diagnósticos preimplantacionales con fines terapéuticos. Esta normativa también prohíbe la práctica de las 'madres de alquiler' y establece un régimen sancionador.
SE PROHIBE LA CLONACIÓN
La normativa prohibirá expresamente la clonación de seres humanos con fines reproductivos, con una formulación idéntica a la que aparece en la Constitución Europea. En cuanto a la aplicación de la clonación con fines terapéuticos, al no tratarse de una técnica de reproducción humana asistida "sino de investigación, será regulada en principio en la Ley de Investigación en Biomedicina".
Tras la entrada en vigor esta ley, y gracias al diagnóstico genético preimplantacional con fines terapéuticos para terceros, será posible llevar a cabo estas técnicas preimplantacionales, definiendo la compatibilidad de tejidos para poder, en el futuro, ayudar a un hermano. De este modo, ya no será preciso que las familias tengan que acudir a otros países, como venía ocurriendo hasta ahora, para permitir que se desarrollen este tipo de técnicas que permitan curar a un hermano, aunque será necesaria la autorización de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, que analizará caso por caso.
REGISTRO DE LA ACTIVIDAD
Por otro lado, crea un Registro de Actividad de los centros de reproducción asistida, con informaciones sobre tipología de técnicas y procedimientos, tasas de éxito, número de preembriones que conservan y otras cuestiones sobre la calidad de cada centro que deberán hacerse públicos al menos una vez al año, requisito indispensable para autorizarlos o mantener la acreditación.
Así, se contemplan sanciones si revelan la identidad de los donantes, en casos de mala práctica con técnicas de reproducción asistida y materiales biológicos, si lesionan los intereses de donantes o usuarios, o si transmiten a los descendientes enfermedades congénitas o hereditarias evitables.
Por último, la ley fija un régimen sancionador, con multas cuya gravedad variará según los riesgos para la salud de la madre o los preembriones a generar, el grado de intencionalidad, la gravedad de la alteración sanitaria o social producida, la generalización de la infracción y la reincidencia. En concreto, contempla infracciones leves, graves o muy graves, con las correspondientes sanciones (hasta 1.000 euros, desde 1.001 euros hasta 10.000 euros, y las muy graves desde 10.001 hasta 1.000.000 euros).
RECHAZO DEL PP Y DE LOS OBISPOS
Durante la tramitación en el Congreso, el Grupo Popular criticó que esta normativa "carece de justificación clínica, favorece a las clínicas privadas, induce la especulación económica, perjudica la salud de la mujer y no mejora el acceso a estas técnicas", entre otras cuestiones.
Asimismo, el PP denunció la generalización del diagnóstico preimplantacional con fines ilimitados, con el objeto de ser donantes de un tercero, por lo que se les ha llamado 'bebés medicamentos', y que también va en contra de la normativa europea, "dejando un inmenso vacío legal con respecto a otros fines".
Por su parte, la Conferencia Episcopal criticó que la ley "permite producir embriones humanos no ya para la reproducción, sino como mero material de investigación" y "posibilita la comercialización, tráfico y uso industrial de los embriones humanos llamados 'sobrantes' de las prácticas de reproducción". Asimismo, denunció que la normativa favorecerá la producción de los llamados 'bebés-medicamento'
A su juicio, estas técnicas de reproducción asistida "suplantan la relación personal de los padres en la procreación", "no son conformes con la dignidad de la persona" y "arrastran consigo serios males para las personas, incluidos graves atentados contra las vidas humanas incipientes, es decir, contra los hijos".