Salamanca pasa a nivel 3 y el viernes se podrían levantar las restricciones de Burgos capital

Cartel con las medidas del Nivel 3 de alerta.
Cartel con las medidas del Nivel 3 de alerta. - JCYL
Publicado: lunes, 14 diciembre 2020 15:32


VALLADOLID, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León celebrado este lunes de manera telemática ha aprobado el paso a Nivel 3 de alerta por la Covid-19 de la provincia de Salamanca, debida a su actual evolución epidemiológica y asistencial mientras que se espera que el próximo viernes, 18 de diciembre, se puedan levantar las restricciones aplicadas a la hostelería, centros comerciales y deportivos de la capital burgalesa.

En el caso de Salamanca, el pase a fase 3 entrará en vigor a las 00.00 de este martes, 15 de diciembre y la vigencia de esta nueva calificación se mantendrá mientras subsistan las condiciones de riesgo sanitario por infección de Covid-19 mientras se mantengan las condiciones que han permitido pasar a esta nueva fase.

Las intervenciones preventivas que caracterizan a la aplicación del Nivel 3 de alerta sanitaria se centran, con carácter general, en limitaciones de aforos para los distintos sectores sociales y de actividad y en restricciones en el número máximo de personas que pueden realizar una actividad y se pueden consultar en el acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta,.

Por otra parte, si la buena evolución epidemiológica que está demostrando la ciudad de Burgos se mantiene, el próximo Consejo de Gobierno de la Junta, aprobará la eliminación de las medidas extraordinarias y adicionales al nivel 4 que siguen vigentes en este municipio.

De tal forma que el próximo viernes 18, y siempre que los datos de incidencia lo permitan, se permitiría la apertura condicionada de la hostelería y de la restauración; de los grandes establecimientos comerciales y de comercios de más de 2.500 metros cuadrados; la reapertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sea al aire libre, con público en aquellos casos en los que esté permitido; y supondría el fin de las restricciones extraordinarias en establecimientos hosteleros y en locales y salones de juego y apuestas.

En el caso del sector hostelero y restaurador se permitirá el consumo interior aunque no de pie ni en barra, con un máximo de un tercio del aforo del establecimiento; asimismo se limita la ocupación de mesas o agrupaciones de seis personas y la distancia mínima de esas mesas o de sus agrupaciones se establece en dos metros en el interior y de 1,5 en terrazas, con una ocupación máxima en éstas del 75 por ciento.

En nivel 4 implica que el aforo de los grandes establecimientos comerciales, definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, será de un tercio máximo y su horario, el establecido por el Real Decreto 926/2020 referido a la declaración del Estado de Alarma.

Por su parte, la reapertura de instalaciones y centros deportivos está condicionada a un tercio de sus aforos, al uso de la mascarilla y el desarrollo de deportes sin contacto físico, con las excepciones de deportistas profesionales y de alto nivel o rendimiento.

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