PVasco.-Gobierno vasco autoriza interponer recursos de inconstitucionalidad a ajustes de Rajoy en Educación y Sanidad

La Protavoz Del Gobierno Vasco Idoia Mendia
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 29 mayo 2012 15:55

Solicitará al Estado la apertura de una "comisión bilateral" para tratar de llegar a un acuerdo y evitar "los retrasos" del Tribunal

VITORIA, 29 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo del Gobierno vasco ha dado este martes autorización a la dirección de lo Contencioso del Departamento de Justicia y Administración Pública para interponer sendos recursos de inconstitucionalidad frente a los "decretos de ley de medidas urgentes en el ámbito educativo y sanitario" aprobados por el Ejecutivo de Mariano Rajoy el pasado 20 de abril. El Ejecutivo autonómico solicitará al Estado la apertura de una "comisión bilateral" para tratar de llegar a un acuerdo y evitar "los retrasos" del Tribunal Constitucional.

En una comparecencia ante los medios de comunicación, la portavoz del Gobierno vasco, Idoia Mendia, ha explicado que, hasta que no se resuelvan estos recursos, su Ejecutivo dejará "sin efecto" todas las medidas de los decretos del Gobierno central, lo que "no supone una insumisión".

En el ámbito educativo, el Ejecutivo autónomo considera que "la norma de urgencia ignora las competencias en materia de Educación de las comunidades autónomas, que aparecen peligrosamente ninguneadas", mientras que en materia de Salud cree que "el sistema centralizado de gestión, impide a las comunidades autónomas cualquier decisión de reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria".

"El Gobierno vasco va a trabajar para dejar sin efecto los decretos de Rajoy", ha reiterado antes de resaltar que espera que el Gobierno central no interponga ningún recurso ante esta decisión.

En el caso del Real Decreto Ley 14/2012 de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, se recurren los artículos tres --que fija con carácter mínimo el horario lectivo que deberá impartir el profesorado-- y cuatro --que vincula el nombramiento de personal interino o sustituto a ausencias de más de diez días lectivos-- por entender que vulneran la competencia exclusiva que el artículo 16 del Estatuto reconoce a la comunidad autónoma en materia de enseñanza, al incidir ilegítimamente en su capacidad de organización y gestión del servicio educativo.

También se recurre el artículo seis en los puntos uno, dos, cuatro y cinco, este último en los apartados uno y cuatro, referidos a la enseñanza universitaria, porque interfiere en las facultades que la Ley del Sistema Universitario Vasco atribuye al Departamento de Educación y vulnera la Ley del Concierto Económico al regular aspectos ligados a la estabilidad presupuestaria en el ámbito universitario sin prever la especificidad de los regímenes forales.

En lo que respecta al Real Decreto Ley 16/2012, que modifica aspectos trascendentes del Sistema Nacional de Salud, el Gobierno recurre cuatro artículos (en concreto el 1.2, 2.3 y 4, 4. y 10. cuatro).

El primero atribuye en exclusiva al INSS el reconocimiento y control de la condición de asegurado, "lo que supone la implantación de un sistema centralizado de gestión que impide a las comunidades autónomas cualquier decisión de reconocimiento del derecho de acceso a la asistencia sanitaria".

Además, a juicio del Gobierno, la nueva regulación se introduce en el ámbito competencial autonómico porque "reserva al Estado, parece que de forma exclusiva, la elección de las prestaciones sanitarias públicas sujetas a aportación económica del usuario".

El Gobierno vasco denuncian también que se establece una regulación completa del procedimiento de gestión para articular el pago del usuario --momento de hacerlo efectivo y plazo de las Comunidades Autónomas para reintegrar en su caso el exceso de aportación--. Asimismo, se habilita a un reglamento de segundo nivel para regular aspectos de desarrollo "sin ningún límite ni parámetro".

Por último, el Gobierno considera que el establecimiento de un plazo --31 de diciembre de 2013-- para integrar al personal funcionario en el régimen estatutario, así como el mandato de adscribir a instituciones no sanitarias al personal que mantenga su inicial condición de funcionario, "excede de la competencia atribuida al Estado y por tanto cercena la competencia autonómica".

PROCEDIMIENTOS

Según ha detallado Mendia, el procedimiento de los recursos de insconstitucionalidad por causa de invasión competencial está regulado por el artículo 33 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional. Los recursos cuentan un plazo de 3 meses para interponerse desde la publicación de la norma que se va a recurrir en el BOE.

Asimismo, con independencia del recurso, el presidente del Gobierno autonómico y el consejo de Gobierno puede también solicitar al Estado la constitución de una Comisión bilateral Estado-Comunidad Autónoma, en la que "dirimir estas diferencias y tratar de no llegar a extremo de formalizar la interposición del recurso llegando a la vía contenciosa".

"Es una vía de mediación entre Estado y comunidad autónoma en la que esta ultima trata de convencer al Estado de la invasión de competencias", ha indicado antes de precisar que en este vía cuentan con un plazo de nueve meses. Mendia ha apostado por "intentar" llegar a un acuerdo en esta ultima vía de "negociación" para "evitar los plazos tan grandes" que maneja en Tribunal Constitucional.