Murcia.- La Consejería convoca ayudas para organizaciones con programas contra la obesidad

Actualizado: martes, 18 mayo 2010 13:16

MURCIA 18 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Sanidad y Consumo establece las bases reguladoras y convoca para 2010 subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, organizaciones profesionales y corporaciones locales que desarrollen en la Región programas de promoción de la alimentación saludable y la actividad física para la prevención de sobrepeso, obesidad y diabetes, según fuentes del Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) consultadas por Europa Press.

El fin es la promoción de la alimentación saludable y prevención de la obesidad, programas de actividad física y los escenarios de intervención son la prevención en el ámbito comunitario y la prevención en el ámbito familiar.

Dichas subvenciones se concederán con cargo a las previsiones que se establecen a tal fin en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Murcia para el ejercicio de 2010 en las partidas presupuestarias 'Instituciones y asociaciones relacionadas con la sanidad', y 'A instituciones y asociaciones SFL. para actuaciones en materia de prevención de diabetes', por importe de 15.000 euros.

Y 'Otras actuaciones en materia de salud', y 'A corporaciones locales. Actuaciones en materia de prevención de diabetes', por importe de 35.000 euros, de la Consejería de Sanidad y Consumo, financiada con fondos externos, Ministerio de Sanidad y Consumo, Prevención de Diabetes.

Los proyectos de actividades deberán desarrollarse durante el año 2010, pudiendo el beneficiario subcontratar total o parcialmente la actividad objeto de subvención.

El plazo de presentación de las solicitudes, a presentar en la Consejería de Sanidad, será de treinta días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Orden en el BORM.

El pago del importe de la subvención concedida, se realizará a los beneficiarios, en pago único, mediante transferencia a la cuenta corriente bancaria indicada en la solicitud.

Las subvenciones que se regulan en la presente Orden se realizarán mediante pagos anticipados en su totalidad con carácter previo a su justificación, como medio de financiación de las actividades programadas.

La actividad subvencionada, deberá justificarse antes del 28 de febrero de 2011. Los justificantes de gastos se ajustarán a la contratación de personal, al pago a colaboradores y al pago de dietas.