La ministra de Sanidad, Mónica García, inaugura la jornada por el Día de la Cero Discriminación 'VIH, comunicación y arte frente al estigma', a 9 de marzo de 2026, en Madrid (España). - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press
MADRID 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
La ministra de Sanidad, Mónica García, ha calificado de "revés judicial" para la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que obliga a la CCAA a iniciar los trámites para crear el Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las Interrupciones Voluntarias de Embarazo (IVE).
"Le hemos obligado a crear un registro de objetores para poder organizar el sistema sanitario de manera que se respeten tanto los derechos de los objetores como el derecho de las mujeres a acceder al aborto en la sanidad pública", ha señalado García en una intervención en el programa 'Malas lenguas' de 'La 2', que ha recogido Europa Press.
La ministra ha recordado que el Gobierno presentó un recurso tras la negativa de la Comunidad de Madrid a crear el registro de objetores. Asimismo, García ha señalado que debe existir un registro en todas las comunidades autónomas para garantizar que las mujeres puedan acceder al aborto en la sanidad pública, y no "donde mande la señora Ayuso".
"Un registro de objetores que no es una lista negra, todo lo contrario. Primero protege el derecho y la garantía a poder abortar en la pública, pero también protege a aquellos profesionales que son objetores de conciencia y que si no estuvieran, como dice el Tribunal Constitucional adscritos a una lista, deberían ejercer la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud que incluye la interrupción voluntaria del embarazo", ha explicado García.
Este lunes, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado a la Comunidad de Madrid iniciar los trámites para la creación del Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las Interrupciones Voluntarias de Embarazo (IVE) y la implantación del mismo conforme al protocolo consensuado en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Así consta en una resolución, a la que ha tenido Europa Press, en la que la Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda la medida cautelar solicitada por el Ministerio de Sanidad ante la inactividad del Gobierno regional de cara a elaborar la lista de objetores de conciencia para dichas interrupciones.
La resolución judicial precisa expresamente que, aunque la medida cautelar no supone la creación inmediata del registro por parte de la Comunidad de Madrid, sí impone la obligación de iniciar los trámites administrativos necesarios para su elaboración y aprobación, en cumplimiento de la normativa vigente.
La decisión se adopta en el marco de un recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la Abogacía del Estado contra la inactividad de la administración autonómica en la aplicación de la Ley Orgánica 1/2023, que modificó la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
En particular, el litigio se refiere al cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 19.ter de dicha norma, que establece que en cada comunidad autónoma se creará un registro de profesionales sanitarios que ejerzan su derecho a la objeción de conciencia respecto a la intervención directa en la práctica de la IVE.