Mónica García celebra la "victoria judicial" que obliga a Madrid a crear el registro de objetores al aborto

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Publicado: lunes, 9 marzo 2026 15:27

MADRID 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha celebrado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) haya ordenado a la Comunidad de Madrid iniciar los trámites para crear el Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las Interrupciones Voluntarias de Embarazo (IVE), una decisión que ha calificado de "victoria judicial por el derecho al aborto".

"La justicia da la razón al Ministerio de Sanidad y obliga a Ayuso a garantizar el aborto en la sanidad pública. Era la única comunidad que se negaba, derivando el 99 por ciento a la privada. Se acabó", ha destacado García en la red social 'X'.

Asimismo, el secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, ha subrayado que la decisión del TSJM es un paso más para "garantizar el derecho al aborto en Madrid", así como "la seguridad jurídica de los objetores". "Solo una comunidad autónoma se negó a crear el registro de objetores del aborto. Lo que no han querido hacer políticas las buenas lo harán por orden judicial", ha manifestado en la red social 'X'.

Este lunes, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado a la Comunidad de Madrid iniciar los trámites para la creación del Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las Interrupciones Voluntarias de Embarazo (IVE) y la implantación del mismo conforme al protocolo consensuado en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Así consta en una resolución, a la que ha tenido Europa Press, en la que la Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda la medida cautelar solicitada por el Ministerio de Sanidad ante la inactividad del Gobierno regional de cara a elaborar la lista de objetores de conciencia para dichas interrupciones.

La resolución judicial precisa expresamente que, aunque la medida cautelar no supone la creación inmediata del registro por parte de la Comunidad de Madrid, sí impone la obligación de iniciar los trámites administrativos necesarios para su elaboración y aprobación, en cumplimiento de la normativa vigente.

La decisión se adopta en el marco de un recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la Abogacía del Estado contra la inactividad de la administración autonómica en la aplicación de la Ley Orgánica 1/2023, que modificó la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

En particular, el litigio se refiere al cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 19.ter de dicha norma, que establece que en cada comunidad autónoma se creará un registro de profesionales sanitarios que ejerzan su derecho a la objeción de conciencia respecto a la intervención directa en la práctica de la IVE.

REGISTRO DE PROFESIONALES

El citado precepto legal establece que, con fines organizativos y para garantizar la adecuada gestión de la prestación sanitaria, las comunidades autónomas deben disponer de un registro de profesionales objetores de conciencia.

Este instrumento tiene como finalidad facilitar la planificación sanitaria y asegurar la correcta prestación del servicio dentro del Sistema Nacional de Salud, compatibilizando el acceso de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo con el ejercicio del derecho de los profesionales a la objeción de conciencia.

La normativa prevé asimismo que, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se acuerde un protocolo específico que establezca las condiciones mínimas para la creación y funcionamiento de dichos registros.

En cumplimiento de esta previsión, el 16 de diciembre de 2024 el citado órgano aprobó un protocolo de coordinación para la implantación del registro en todas las administraciones sanitarias.

Según consta en el auto, dicho Acuerdo fue adoptado por unanimidad, con la participación de todas las comunidades autónomas, incluida la Comunidad de Madrid. El protocolo tiene carácter vinculante como instrumento de coordinación administrativa conforme a lo previsto en la legislación de régimen jurídico del sector público.

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