Menores de entre 12 y 17 años procedentes de países de fuera de la UE podrán entrar a España sin la pauta completa

Archivo - Varias personas observan los paneles de llegadas en el aeropuerto de Adolfo Suárez, un día previo a la Nochebuena, a 23 de diciembre de 2021, en Madrid (España).
Archivo - Varias personas observan los paneles de llegadas en el aeropuerto de Adolfo Suárez, un día previo a la Nochebuena, a 23 de diciembre de 2021, en Madrid (España). - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 11 febrero 2022 9:23

La Orden entrará en vigor el lunes y tendrán que presentar una prueba negativa realizada 17 horas antes

MADRID, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la modificación de los requisitos sanitarios de entrada a España para personas de entre 12 y 17 años procedentes de países de fuera de la Unión Europea o del espacio Schengen y, a partir de las 00.00 horas del próximo 14 de febrero, podrán acceder sin presentar la pauta completa de vacunación.

Así, la mediante esta modificación los menores de este rango de edad podrán acceder a España con una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular-NAAT (RT-PCR o similar) del SARSCoV-2 con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada y previa comprobación por las autoridades sanitarias.

Asimismo, los menores de 12 años, que viajen con un adulto, no estarán sometidos a ningún tipo de requisito sanitario, tal y como se realizaba hasta ahora.

En esta Orden, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, también han participado los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; y de Industria, Comercio y Turismo y Sanidad.

Concretamente se ha modificado la redacción de la letra 'K' del artículo 1.1 de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio. Además, esta medida está en sintonía con la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, que estableció un conjunto de categorías específicas de personas exentas de esas restricciones y que ha sido modificada en varias ocasiones para adaptarse a las circunstancias epidemiológicas.

La orden del BOE recuerda que la vacunación es "un instrumento clave" para combatir la pandemia por COVID-19, de ahí que para potenciar su uso "se la incluyó como una de las categorías exentas de las restricciones contempladas en esta Orden".

Sin embargo, por el hecho de que en muchos países existan dificultades para obtener la vacuna para su uso en la población de menos de 18 años "se considera conveniente establecer condiciones específicas para estas personas".

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