Melilla asume las competencias en materia sanitaria cuyo coste se eleva a más de un millón de euros

Actualizado: lunes, 2 enero 2006 16:17

SEVILLA, 2 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Ciudad Autónoma de Melilla ha asumido desde el 1 de enero, tras su publicación en el BOE del pasado 31 de diciembre, las competencias sanitarias fijadas en el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias y previstas en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Melilla. La valoración del coste de los servicios traspasados asciende a más de 1,1 millones de euros y afecta a 17 trabajadores --cuatro puestos están aún vacantes--, según publica el BOE.

En este Acuerdo, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión del día 1 de diciembre de 2005 --y que se transcribe como anexo del Real Decreto 1515/2005, de 16 de diciembre--, se concretan las funciones y servicios de la Administración del Estado que deben ser objeto de traspaso en materia de sanidad e higiene, entre las que se encuentran la creación de nuevos centros sanitarios.

Entre otras funciones, la Ciudad Autónoma será la encargada de ejercer las inspecciones técnicas sanitarias, así como el control sanitario de las aguas de bebida, residuales, aguas de baño, residuos sólidos, contaminación atmosférica, vivienda y urbanismo y locales y edificios de convivencia pública o colectiva, entre otros.

También velará en el control de los preparados químicos peligrosos, plaguicidas, protección radiológica y, en general, del medio ambiente en que se desenvuelve la vida humana, según recoge el BOE. De igual modo, asume las competencias que la Administración Sanitaria del Estado venía realizando sobre el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, excepto cuando guarden relación con las plantas de producción energética.

Asimismo, tendrá competencias para el control de la publicidad médico-sanitaria, así como para el otorgamiento de la autorización oportuna para la creación, construcción, modificación, adaptación o supresión de centros, servicios y establecimientos sanitarios de cualquier clase y naturaleza.

Igualmente, asume el control para la apertura o cierre de balnearios y entidades de seguro libre de asistencia médico-farmacéutica, así como oficinas de farmacia y centros facultados para la expedición de certificados de aptitud dentro del Código de la Circulación.

CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA

El mismo Acuerdo recoge las competencias para el estudio, vigilancia y análisis epidemiológico de los procesos que incidan, positiva o negativamente, en la salud humana, además de las administración de vacunas.

Además, asume los programas sanitarios tendentes a la protección y promoción de la salud, tales como los de higiene maternal, infantil, escolar, industrial, laboral, ambiental, deportiva, mental, así como las acciones sanitarias permanentes en materia de enfermedades transmisibles y no transmisibles, antropozoonosis y educación sanitaria.

También gestionará el control sanitario de la producción, almacenamiento, transporte, manipulación y venta de alimentos, bebidas y productos relacionados, directa o indirectamente, con la alimentación humana, cuando estas actividades se desarrollan en el ámbito de la Ciudad.