VALLADOLID, 30 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica en su edición de este miércoles, 30 de septiembre, sendas órdenes de las Consejería de Sanidad por las que se adoptan medidas sanitarias preventivas para la contención de la COVID-19 en los municipios de Medina del Campo y El Carpio (Valladolid) y de Sotoserrano (Salamanca) que quedan confinadas durante catorce días a contar desde hoy, si bien la medida se podrá
prorrogar en función de la evolución de la situación epidemiológica.
La Consejería de Sanidad se refiere en todos los casos a una "ineludible transmisión comunitaria de la pandemia" que justifica en los brotes de COVID-19 confirmados en los tres municipios y en la evolución de la situación sanitaria reflejada en los informe epidemiológicos.
"A los efectos de evitar la posible expansión descontrolada de la COVID-19 y contener, por tanto, lo que ya parece una ineludible transmisión comunitaria de la pandemia es preciso adoptar medidas de
prevención que afectan a la movilidad y circulación de las personas así como al desarrollo de diversas actividades que, por sus características, puedan favorecer la propagación del virus", añade la consejera, Verónica Casado, en estas tres órdenes.
De esta forma, se restringe la libre entrada y salida de personas de los municipios de Medina del Campo, El Carpio y Sotoserrano, salvo aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de dichos municipios estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera de los mismos.
Se permite la circulación de personas residentes dentro de los municipios afectados, si bien se desaconsejan los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, a adoptar por la dirección del centro. Asimismo, se suspenden las salidas de los residentes al exterior.
La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado en dichos municipios se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes. Quedan, además, suspendidas las actividades de las peñas y de naturaleza análoga en dichos municipios.
Todos los ciudadanos han de colaborar activamente en el cumplimiento de estos preceptos, de manera que su incumplimiento individualizado podrá constituir infracción administrativa sancionable según establece el Decreto-ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención para afrontar la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León.
La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de estas medidas de contención corresponde a las autoridades estatales, autonómicas y locales según el régimen competencial aplicable; todas las administraciones colaboran para la resolución en el menor plazo posible de esta situación epidemiológica y la reversión de las medidas adoptadas.
No obstante y ante las actuales circunstancias, es imprescindible el compromiso individual para cumplir con las medidas básicas para la prevención de la COVID-19 (lavado frecuente de manos, distanciamiento físico interpersonal y uso obligatorio de mascarillas) e imperiosa la necesidad del cumplimiento social en lo referido a las obligaciones más específicas que se recogen en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León.
La Junta ha apelado también a responsabilidad ciudadana para con el cumplimiento de estas medidas y de cualquier otras obligaciones al respecto, por cuanto son fundamentales para evitar la transmisión comunitaria, insistiendo en que todos y cada uno de los ciudadanos ha de extremar la observancia de las medidas individuales y colectivas para frenar más contagios por SARS-CoV-2.