TSJM condena al Sermas a pagar 105.000 euros a la familia de un paciente por la atención recibida en Urgencias

Hospital 12 De Octubre
COMUNIDAD DE MADRID
Actualizado: martes, 8 enero 2013 12:35

MADRID, 8 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio de Salud Madrileño (Sermas) al pago de una indemnización de 105.000 euros a la familia de un paciente que sufrió un accidente de tráfico y que falleció después de que en la atención inicial de urgencias no le detectasen una hemorragia interna.

Con esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala estima parcialmente el recurso de la familia ante la desestimación inicial de una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración por este caso y establece la indemnización en los citados 105.000 euros a la viuda y los hijos del fallecido.

El caso ha sido tramitado por los servicios jurídicos de la Asociación el Defensor del Paciente ante la demanda presentada por la familia por entender que hubo una descoordinación en la atención inicial, dado que no se detectó en las primeras exploraciones una hemorragia abdominal que provocó la muerte de esta persona.

El caso se refiere a la atención recibida por un hombre de 74 años que sufrió un atropello el 19 de septiembre de 2007 y que, tras ser examinado en urgencias del Hospital 12 de Octubre durante la madrugada del día 20 fue dado de alta en una primera valoración de sus lesiones. No obstante la familia optó por no regresar al domicilio y permanecer en urgencias dado que la víctima del atropello seguía sangrando por la nariz y persistía en su dolor toraco-abdominal.

A los 45 minutos de ser dado de alta volvió a ingresar dado que no podía ingerir la medicación e incluso vomitó sangre. Luego, fue intervenido quirúrgicamente para intentar cesar una importante hemorragia interna que presentaba aunque sin éxito, por lo que el paciente falleció a las 7.30 horas del día 20 de septiembre de 2007.

En su fallo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, considera probado que en su ingreso en urgencias se omitió una exploración toraco-abdominal y una serie de pruebas complementarias.

En este sentido, el tribunal argumenta también que el propio jefe de Servicio de Traumatología del centro hospitalario consideró que hubo un error al atender a este paciente porque se le derivó directamente a neurocirugía sin pasar por un traumatólogo.

"No ha quedado plenamente acreditado que la realización de esta exploración abdominal y pruebas complementarias pertinente hubiera permitido detectar precozmente el traumatismo abdominal hasta el punto de poder evitar el fallecimiento del paciente (...) Pero en cualquier caso, se privó al paciente de la oportunidad de que así hubiera sido", recoge la sentencia del TSJM.